España se adhirió a la Convencion de Ginebra 1978
España, en cuya Constitución (artículo 13.4) se dispone que la "ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas gozarán del derecho de asilo", se adhirió a la Convención de Ginebra de 1951, sobre el Estatuto de Refugiados de Naciones Unidas, y a su protocolo adicional, hecho en Nueva York en 1967, en el mes de julio de 1978.Con el fin de articular esta aplicabilidad se dictaron dos órdenes ministeriales, en mayo y agosto de 1979, siendo ministro del Interior el general Ibáñez Freire. En ellas se establece que los refugiados deberán solicitar tal condición al director de la Seguridad del Estado, a través de las jefaturas de policía, comisaría o Comisaría General de Documentación, exhibiendo los documentos acreditativos de su identidad y situación.
Previos informes del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), cuya delegación en España se encuentra en Madrid, y del Ministerio de Asuntos Exteriores, es el director de la Seguridad del Estado quien concede el estatuto de refugiado y otorga el título de viaje, documento de identidad del mismo.
Este título es renovable cada año. Caso de que exista desacuerdo en los informes de Exteriores y de Naciones Unidas o ambos sean negativos, es el propio Ministerio del Interior el que decide.
En ningún caso se concede asilo a ciudadanos de países firmantes de la Convención de Ginebra. Se establece que no tendrán derecho a la condición de refugiados quienes hayan cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad, quienes hayan cometido un grave delito común fuera del país de refugio antes de ser admitidos en el mismo como refugiados o los que se hayan hecho culpables de actos contrarios a las finalidades y a los principios de Naciones Unidas.
Los refugiados políticos tienen obligación de presentarse a las autoridades con la periodicidad que ese les fije, así como de notificar cualquier cambio de domicilio. Tienen prohibido realizar actividades contrarios a los intereses españoles o que puedan perjudicar las relaciones internacionales de España.
Son setenta los países que firmaron o se adhirieron con posterioridad a la Convención de Ginebra: Argelia, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Benin, Bostwana, Brasil, Burundi, Canadá, Imperio Centroafricano, Chile, Colombia, Congo, Costa de Marfil, Chipre, Dinamarca, Ecuador, Etiopía, Fiji, Finlandia, Francia, Gabón, Gambia, Ghana, Grecia, Guinea Bissau, Holanda, Islandia, Irán, Irlanda, Israel, Italia, Jamaica, Kenya, Liberia, Liechtenstein, Luxemburgo, Madagascar, Malí, Malta, Mónaco, Marruecos, Nueva Zelanda, Níger, Nigeria, Noruega, Paraguay, Perú, Portugal, Reino Unido, República del Camerún, República Federal de Alemania, República de Tanzania, Santa Sede, Senegal, Sudán, Suecia, Suiza, Togo, Túnez, Turquía, Uganda, Uruguay, Yugoslavia, Zaire, y Zambia, además de España.
Junto con el ACNUR, hay un Centro Español de Ayuda al Refugiado (CEAR), en General Perón, 32, integrado por personas particulares y partidos políticos.
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