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TRIBUNALES

Se amplía la investigación sumarial sobre el 'caso Sofico'

Antiguos miembros del Consejo de Administración del grupo de empresas Sofico han declarado recientemente ante el juez que investiga el caso Sofico en el marco de una serie de pruebas solicitadas por numerosos perjudicados con el objetivo de determinar más estrictamente, y en su caso ampliar, las responsabilidades penales y civiles derivadas de este escándalo económico-financiero surgido en el año 1974.Estas pruebas -18 en total- fueron acordadas por la sala de lo penal de la Audiencia Nacional a propuesta de los abogados Jaime Gil Robles y Manuel Jiménez de Parga, que defienden los intereses de una parte de los 16.000 perjudicados por el caso Sofico. La decisión adoptada por la citada sala de la Audiencia Nacional supuso de hecho la reapertura del sumario abierto en 1974, a raíz de descubrirse el escándalo, que había sido concluido en octubre de 1981 sin ampliar los procesamientos a otras personas que a las inicialmente procesadas, concretamente, Eugenio Peydró Salmerón y su hijo Eugenio Peydró Brillas, presidente y consejero delegado, respectivamente, del grupo de empresas Sofico.

En el marco de la práctica de dichas pruebas han declarado ante el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional los procesados Eugenio Peydró Salmerón y Eugenio Peydró Brillas y los miembros del consejo de administración, éstos en calidad de testigos, Rafael Cabanilles Prosper, teniente general, e Hipólito Jiménez y Jiménez Coronado, abogado, asistidos por los abogados José María Stampa Braun y José Antonio Ferrer Sama.

La competencia de la Audiencia Nacional en la investigación penal del caso Sofico -a este tribunal le corresponde investigar, entre otros, los delitos de naturaleza compleja, incluidos los de carácter económico- se produjo después de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo decidiese en 1977 que no le correspondía investigar este caso por estimar que los presuntos indicios de criminalidad sólo alcanzaban a las dos personas ya procesadas y no se extendían a otras que, por su condición o cargo en la Administración del Estado, estaban sujetas a su jurisdicción. El caso Sofico había sido remitido a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en diciembre de 1976, por el primer juez especial nombrado para investigar las responsabilidades penales derivadas del escándalo, quien consideró que dichas responsabilidades podían extenderse a otros consejeros del grupo de empresas Sofico, algunos de los cuales eran militares o pertenecían a la carrera judicial

Estado de cuentas

Entre las pruebas cuya práctica se ha iniciado ahora para ampliar la investigación de posibles responsabilidades penales figuran, además de la declaración de los cuatros directivos del grupo de empresa Sofico citados, varias de carácter pericial y documental, tendentes a clarificar el estado de las cuentas de las sociedades. Fundamentalmente el interés de los perjudicados es determinar el ámbito de las responsabilidades civiles derivadas del escándalo, ya que los bienes intervenidos a las sociedades no son suficientes para cubrir la devolución de los 5.500 millones de pesetas reconocidos judicialmente a los antiguos inversores de Sofico Inversiones y Sofico Renta.Los inversores de la primera sociedad todavía no han percibido ninguna cantidad, mientras que los segundos han empezado a percibir a cuenta sólo un 5% de las cantidades invertidas. La diferencia debería ser cubierta, según los asesores jurídicos de los perjudicados, con el patrimonio personal de los administradores de las sociedades que en su día formaron el grupo Sofico.

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