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La contrarreforma fiscal como bandera política

Entre los buenos deseos y la realidad siempre hay un espacio apreciable, y de esta servidumbre que arrastra toda promesa no escapan los programas de los partidos políticos. Pero una cosa es no poder realizar completamente lo que de buena fe se pensó hacer y otra emplear datos trucados en el juego de la propaganda electoral. Y viene esto a cuento de la guerra que la gran derecha está emprendiendo contra determinadas medidas tributarias, induciendo voluntariamente a error tanto en relación con los términos de la reforma fiscal como de sus autores. No es el PSOE el responsable de los impuestos que hoy tienen que soportar, sino el conjunto de partidos que en su día los establecieron, y entre los que, por cierto, no estaba ausente Alianza Popular.En esta campaña, aparte de mensajes icónicos que mostraron a cándidas manzanas sufriendo el ataque de gusanillos rojos, todos los partidos situados bajo el listón electoral de Fraga se lamentan con voces sincrónicas y monocordes de las mismas desgracias: que la reforma fiscal es confiscatoria, que su peso arruina a la pequeña y mediana empresa que el impuesto sobre el patrimonio debe desaparecer porque es perturbador y destructor del ahorro.Comerciantes y profesionalesNuestras clases conservadoras, que siempre han defendido con pasión el matrimonio, y, mucho más, el patrimonio, hacen perfectamente en actuar de tal forma. Son fieles a su tradición y oficio, incluso a la semántica, si al adjetivo conservador nos atenemos; pero su defensa, al menos, que se haga con el anglosajón fair play.

Inútil volver a insistir por enésima vez que la presión fiscal en España, aun incluyendo las cuotas de la Seguridad Social, no llega ni a la mitad de la media en los países europeos. Pero está claro que si se quiere esgrimir el argumento de: que los impuestos arruinan a las pequeñas empresas, como pregonan por ahí los medios y altos cenáculos de las finanzas, hay que presentarlos forzosamente como confiscatorios. De todas maneras, si esto fuera verdad, no serían precisamente los comerciantes los confiscados, como se demostrará más adelante, sino, en todo caso, los que cobran sus ingresos a través de una nómina, que fueron y siguen siendo el principal pilar de los ingresos del Estado.

Con el cuadro que se inserta a continuación, y aun careciendo de conocimientos fiscales, se verá cómo la estructura de nuestro impuesto sobre la renta acusa claramente quién soporta el peso de la reforma fiscal. Estos datos, referidos a 1980, fueron los siguientes:

En el concepto fraccionamientos de pago se juntan los ingresos que a cuenta del impuesto sobre la renta satisfacen empresarios -personas físicas-, profesionales (1) y artistas. Su contribución a la imposición personal y directa alcanza el ridículo porcentaje del 4,42% de los ingresos totales por dicho impuesto. Por más que en su declaración complementen este ingreso, y parte de él esté comprendido en el concepto cuota diferencial, ¿a cuánto podrá llegar su porcentaje último y definitivo? ¿A un 5%, a un 6%.?

Teniendo en cuenta que entre pequeños, medianos y grandes comerciantes, profesionales, artistas y sector de servicios hay casi tres millones de contribuyentes en el país, cada uno de ellos estaría tributando con una media ¡de 20.000 pesetas! Sin duda, para arruinarse. Y aún hay más; como todos estos contribuyentes declaran ingresos cuya media está entre 400.000 y 600.000 -menos de lo que perciben sus propios empleados-, no nos extraña nada que Fraga reclame con tanto ardor que el límite para presentar declaración se sitúe por encima de 750.000 pesetas. ¡Menudo regalo para sus posibles votantes de la CEPYME y el CEIM!El pecado nefasto del PSOE es, pues, pedir que esto se termine y que cada palo aguante su vela.El impuesto sobre el patrimonio

En cuanto al impuesto sobre patrimonio, otro caballo de Troya que nos quieren meter en el ya cuarteado castillo de la reforma fiscal, digamos de entrada que Alianza Popular lo estudió, discutió y aceptó, junto con las restantes fuerzas políticas del país, desde las primeras reuniones de 1977, celebradas en el Ministerio de Comercio, hasta las llevadas a cabo en las Cortes por las comisiones correspondientes. Que ahora Fraga truene contra tal impuesto es una más de las veleidades y desfallecimientos de memoria de que está llena su vida política.

Por supuesto, hay muchos países fiscalmente adelantados que no utilizan el impuesto sobre el patrimonio. Cuando una sociedad posee las dotes necesarias de civismo para no ocultar sus ingresos al fisco y el sistema tributario es correcto, para poco sirve este gravamen si no es para censar adecuadamente la riqueza poseída por los ciudadanos. ¿Pero alguien cree honradamente que este es nuestro caso?

En la exposición de motivos de la ley de Medidas Urgentes de Reforma Fiscal -que creaba también este impuesto- se hacía mención al carácter social del mis mo, cosa que se está olvidando. Desde un punto de vista de justicia social, se trataba de "distribuir solidariamente los costes del paro", como textualmente se de cía; pero también, con palabras de Fernández Ordóñez, "de gravar adecuadamente los niveles más altos de renta, a los que no alcanza el juego de los tipos marginales de este impuesto". Es decir, si en nuestro país la desigualdad de riqueza es aún mayor que la de rentas, el impuesto sobre el patrimonio cumple una función necesaria de complementariedad.

Finalmente, tenemos diversas opiniones respecto a la dureza de nuestra escala en este impuesto, que como se sabe va del 0,20% al 2%. En un artículo sobre el tema de Eugenio Domingo Solans, aparecido en EL PAIS del 18 de octubre, afirma éste que "es la más alta e la OCDE", lo que es cierto. Pero el articulista, al hacer comparaciones internacionales, se olvida de lo más importante. En todos los países, por lo general, la propiedad inmobiliaria se valora a precios de mercado. En el nuestro, a un 25% aproximadamente si se trata de fincas urbanas y a menos de un 10% si son rústicas. Teniendo en cuenta que esta clase de bienes constituye como un 60% de los valores sometidos a tributación por este impuesto, no sería aventurado deducir que nuestra escala del impuesto sobre el patrimonio es la más baja del mundo.

Para remachar el clavo, en el segundo cuadro puede verse que la presión fiscal sobre la propiedad inmobiliaria puede ejercerse, y de hecho se ejerce, muy duramente, aun cuando se carezca del impuesto sobre el patrimonio, y que son precisamente los países que no lo tienen los que mayores ingresos fiscales obtienen de este tipo de bienes.

En definitiva, este impuesto, del que se pretendió obtener desde el primer año de su aplicación cerca de 40.000 millones de pesetas, apenas está rindiendo la mitad. Entre las flacas valoraciones del capital inmobiliario y el tope de tributación impuesto a las cuotas conjuntas de renta y patrimonio, sus ingresos escasamente rebasan el 1% de todos los impuestos.

Tachar de demagógico un reforzamiento de los tipos de la escala actual, al menos mientras las, valoraciones de fincas urbanas y rústicas no alcancen un nivel decoroso, es sacar las cosas de quicio. El impuesto sobre el patrimonio no es una bandera, como dice Domingo Solans; lo que se utiliza como bandera es su abolición.

(1) Hagamos la salvedad, en cuanto a los profesionales se refiere, que la parte de sus ingresos percibida mediante retención es controlable como la de cualquier asalariado, y figura en el primer concepto del cuadro. Es el ejercicio libre el que se engloba con lo declarado por el empresario.

(2) Cuadro tomado de la obra El impuesto sobre el patrimonio neto, de Fernando A. Breña Cruz y José Aurelio García Martín. Instituto de Estudios Fiscales, Madrid, 1980.

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