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El editor Cendrós declara en el pleito por los derechos de 'Fausto' en catalán

El editor catalán Joan Baptista Cendrós ha declarado ante el Juzgado de Instrucción número 4 de Barcelona, a raíz de una querella presentada contra él por un presunto delito de injurias y en la que se le reclaman cinco millones de pesetas. Es un nuevo episodio en la guerra del Fausto catalán.El caso judicial se inició en noviembre de 1981, coincidiendo con el 150 aniversario de la muerte de Goethe, cuando dos editoriales barcelonesas lanzaron al mercado la reedición de Fausto, la obra cumbre del escritor alemán, utilizando, en ambos casos, la traducción al catalán realizada en 1938 por el poeta Josep María Lleonart. Esta reedición significó el inicio de un complicado litigio judicial, a raíz del cual ha sido requerido judicialmente el editor.

Derechos de propiedad

En el invierno de 1981, al tener conocimiento de que la Editorial 7 i 1/2, preparaba la reedición del Fausto, Joan Baptista Cendrós, propietario de Ediciones Proa y Editorial Ayma, aseguró que su grupo poseía los derechos de propiedad de la mencionada traducción, ya que Josep María Lleonart había realizado este trabajo en 1938 por encargo de Proa.El editor Cendrós planteó una querella contra los responsables de la Editorial 7 i 1/2, por presunta apropiación indebida, en la que reclamaba una indemnización de cinco millones de pesetas. Coincidiendo con esta acción, Joan Baptista Cendrós envió a la prensa una carta en la que se acusaba a la Editorial 7 i 1/2 de haber cometido "un vulgar atraco". Estas declaraciones motivaron que la editora denunciada respondiera a su vez con una querella por injurias.

El abogado Buenaventura Castellanos, en nombre de Editorial 7 i 1/2, planteó la querella en el juzgado de guardia el pasado mes de marzo, reclamando una indemnización de cinco millones de pesetas, así como la rectificación pública de las manifestaciones de Cendrós. Al no llegar a un acuerdo en la conciliación, la querella fue admitida a trámite. El editor Cendrós fue llamado a declarar ante el juzgado, pero el acto quedó suspendido, por acuerdo de ambas partes, al considerar que era imprescindible la presencia del juez instructor en el interrogatorio.

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