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La nueva Constitución turca fortalece el papel del presidente

El proyecto de la nueva Constitución turca, con aproximadamente doscientos artículos, se hizo público el pasado sábado y destaca el reforzamiento del poder del presidente de la República y del Gobierno. Asimismo prohíbe la formación de partidos comunistas, fascistas o de obediencia islámica.El nuevo texto constitucional, producto de dieciocho meses de trabajos, está redactado en términos contrarios "a la parálisis crónica del poder" y como reacción "al mal uso" de las libertades políticas y sindicales en los últimos años.

El presidente de la República, según la nueva Constitución, tendrá nuevas e importantes responsabilidades. Será elegido por los dos tercios del Parlamento, pero no dará cuenta a éste de sus actos, por los cuales responderá el Gobierno. Elegirá personalmente a los miembros del Tribunal de Control del Estado (vigilante del funcionamiento de las instituciones), al fiscal de la República y al director de la radio y televisión. El presidente podrá disolver el Parlamento previo aviso al mismo y al Tribunal de Control.

Una institución nueva entrará en vigor con el objetivo de asesorar al presidente, y estará conipuesta por cargos vitalicios (ex presidentes, jefes militares y inagistrados) y otras veinte personalidades elegidas personalmente por el jefe del Estado.

Con el fin de que el poder civil no descargue fácilmente la tarea sobre los militares, se crea la figura del estado de urgencia, frente a la anterior de estado de sitio. Será el Consejo de Ministros quien posea la facultad de decretar ese estado de urgencia. Ante tal eventualidad, el Gobierno queda fácultado para restringir las libertades y realizar su labor sobre decretos-leyes. El estado de sitio se aplicará en caso de guerra o rebelión armada.

Quedará abolido el bicameralisrno, y la Asamblea Nacional será la única Cámara, con un número de cuatrocientos diputados, frente a los 450 anteriores, elegidos cada cinco años. Ningún diputado elegido que se retire del partido por el que fue votado podrá figurar en el Parlamento como independiente.

En el terreno de las libertades públicas, el texto constitucional es, cuando menos, ambiguo. Por un lado, afirma que las libertades individuales son inalienables, y por otro, que tales libertades pueden ser "limitadas o suspendidas" por decisión judicial. Otro tanto ocurre con la libertad de expresión.

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