López Montero considera carente de valor el vídeo de televisión grabado durante el asalto al Congreso
En la sesión de la mañana de ayer de la vista de la causa del 23-F terminó la defensa del teniente coronel Tejero, a cargo del letrado civil Angel López Montero y del defensor militar, teniente general Juan José de Orozco Masdeu. López Montero insistió en la petición de absolución para su cliente, en base a que realizó una operación que le fue ordenada, y afirmó que el vídeo, de televisión grabado durante el asalto al Congreso no tiene valor probatorio alguno en la apreciación de los hechos y, por tanto, carece de valor jurídico.
El abogado concluyó su informe comenzado el día anterior. Entre otras cosas afirmó que Tejero fue sorprendido por el apresuramiento con que se le encargó la acción de tomar el Congreso, y le extrañó que se dijera que no se le podía parar a él, ya que -hubiera bastado una orden para hacerlo. Lo cierto, prosiguió López-Montero, es que Armada dijo a Tejero que ocupara el Congreso, y que el teniente coronel no cometió delito de rebeldía, por lo que debe ser absuelto.Se detuvo después en una fuerte crítica de Francisco Laína, director de la Seguridad del Estado y jefe del Gobierno provisional durante la ocupación del Congreso. Sus críticas se remontaron a cuando Laína era gobernador civil de Zaragoza, época en que se produjo el incendio del hotel Corona de Aragón, que según el letrado fue un atentado, mientras para Laína habría sido una vulgar quemadura de churros.
En la conducta de Tejero, según su defensor, hay una ausencia de dolo -intención de delinquir-. Con su actitud, evitó aquella noche un acto contra el ordenamiento constitucional, salvando la de mocracia. Entró al Congreso en virtud de una orden, y salió en virtud de otra orden, por lo que, sólo era un teniente coronel operativo. En este contexto, el vídeo grabado du rante la tarde y noche del 23-F no tiene valor probatorio alguno en la apreciación de los hechos.
En la última parte de su informe, López- Montero ofreció datos e hizo diversas citas conducentes a sustentar la tesis del estado de necesidad. Entre otros, citó al propio presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar -teniente general Alvarez, hospitalizado-, cuando era capitán general de la VI Región Militar; al teniente general Fernando de Santiago; al ex presidente de la Generalidad, Josep Tarradellas, sobre la necesidad de un golpe de timón, y al teniente general Fernández Posse, que siendo capitán general de la VIII Región Militar (La Coruña) dijo que España estaba en una "guerra subversiva y sucia".
Dirigiéndose al tribunal, exhortó a sus miembros para que "cuando dictéis sentencia no olvidéis a los asesinados", y pidió, por expreso deseo. de Tejero, que si se aplica el llamado pacto del capó al pie de la letra, Tejero sea el único responsable, porque esto se dice en la primera de las condiciones.
Jefe ejemplar y desinteresado
Tras el descanso del mediodía intervino el defensor militar de Tejero, teniente general Juan José de Orozco, quien comenzó rogando a Dios que el tribunal juzgue con acierto a todos los procesados, y los absuelva, ya que "acercar la cicuta a los labios de estos procesados es acercarla a nuestros propios labios".
El teniente general Orozco describió a Tejero como un jefe ejemplar, lleno de entrega y abnegación, de amor a la patria y obediencia a las órdenes, que durante el tiempo que mandó la comandancia de San Sebastián reconoció que besó a sus muertos, "aunque aquellos guardias no tenían forma humana porque estaban destrozados por la metralla, y mis labios se llenaron de sangre de mártires".
Este defensor advirtió que nadie ha señalado un móvil personal en Tejero, sino que éste actuó en la creencia firme de que el Rey quería ,Variar el rumbo del Estado, y así aceptó participar en una operación para salvar la Monarquía, la Constitución y la democracia, y erradicar el terrorismo. Esta operación, que cumplió según las órdenes que le dieron, no era ilegal, según los artículos 8 y 62 de la Constitución.
Finalmente, el teniente general Orozco pidió al tribunal que al juzgar a los acusados ."tengáis en cuenta las circunstancias de aquel momento", y afirmó que "lo que se denomina golpismo no es causa, sino efecto de la convivencia hecha imposible por el terrorismo y el separatismo".
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