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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Discriminación sexual

La Constitución española dice textualmente en su artículo 14: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión...". No cabe la menor duda de que este es un artículo que contempla una serie de derechos que hasta el momento no eran reconocidos. Después de cuarenta años parecía que, por fin, se conseguía una igualdad plena y total; sin embargo, y como ya he dicho en otras ocasiones, el espíritu con que fue creada esta ley no corresponde a su realidad al aplicarse. Me voy a referir a un caso práctico.Tras la aprobación del derecho a pensión de viudas y familiares de los fallecidos de la zona republicana durante la guerra civil, parecía que se conseguía una igualación total, pero, sin embargo, desgraciadamente, los legisladores, al confeccionar la ley, olvidaron algo muy importante. Reconocieron el derecho a percibir la pensión que por viudedad cobraban sus madres a las hijas solteras, una vez fallecida la beneficiaria; sin embargo, esto no incluía a los hijos solteros. Yo me pregunto: ¿Cómo es posible que se olvidaran este punto de elemental justicia? ¿Es que acaso un hijo que ha permanecido al lado de su madre durante toda la vida, viviendo con ella, socorriéndola en sus necesidades, no tiene el mismo derecho a percibir la pensión? ¿Por qué esta injusta discriminación? /

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