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El segundo Gobierno de Calvo Sotelo

La oposición objeta el incremento de carteras "justificado" en el ahorro del gasto publico

El Gobierno Calvo Sotelo ha realizado, paralelamente a la remodelación gubernamental, una reforma administrativa para la que se ha acogido a la autorización concedida por un decreto-ley de 1976 para suprimir, refundir o reestructurar los departamentos ministeriales, «con objeto de obtener una mayor economía en los gastos públicos y una mayor eficacia en la gestión de los servicios". La invocación de este decreto-ley criticado en su momento por burlar la exigencia de una ley para que Adolfo Suárez pudiera introducir en su Gabinete las reformas deseadas sin pasar por el Parlamento, es objetada por la oposición, que pone en contraste el proclamdo propósito de ahorro del gasto público y la realidad del incremento de carteras.Según un decreto publicado ayer por el Boletín Oficial del Estado, el Gobierno, en uso de la autorización concedida por el artículo 26 del Decreto-ley 18/1976, de 8 de octubre, se crea el Ministerio de Sanidad y Consumo y se modifica la denominación del hasta ahora Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, que pasa a llamarse de Trabajo y Seguridad Social. Asimismo, establece que el Ministerio de Agricultura y Pesca se denominará en lo sucesivo de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En la exposición de motivos del decreto citado se justifica la creación de un Ministerio de Sanidad y Consumo en la «atención preferente» que merecen los problemas de la sanidad y, en los «aspectos estrechamente relacionados con la protección de los consumidores» que presenta la defensa de la salud, «en su dimensión política y, administrativa». Para el cambio de denominación del Ministerio de Agricultura y Pesca, el Gobierno recuerda que entre las medidas aprobadas el pasado 17 de septiembre por el Corigreso de los Diputados -Pleno de la colza- figuraba la propuesta de creación de un Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por lo que se procede ahora al cambio de denominación para «el próximo cumplimiento de esta medida».

Al margen de estas invocaciones políticas, administrativas y parlamentarias, el Gobierno se acoge jurídicamente a la autorización conferida por el Decreto-ley 18/ 1976, de 8 de octubre, en cuyo artículo 26 se dice textualmente: «Con objeto de obtener una mayor economía en los gastos públicos y, una mayor eficacia en la gestión de los servicios, el Gobierno, a propuesta de su presidente, podrá acordar la supresión, refundición o reestructuración de los departamentos ministeriales (...)».

El decreto-ley de Osorio

El mencionado decreto-ley, sobre ordenación y medidas economicas, dictado por el primer Gobierno Suárez siendo vicepresidente Alfonso Osorio, tenía como objetivo primordial reducir la inflación. dada la situación económica que atravesaba nuestro país. En este marco, se autorizaba al Gobierno a realizar los cambios administrativos que fueran encaminados a reducir gasto público. Los Gobiernos de Suárez hicieron uso qeneroso de esta facultad, mientras que la reforma administrativa no entraba en el Parlamento.Tanto la legislación preconstitucional como la Constitución de 1978 exigen una ley para el establecimiento de la estructura del Gobierno.

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