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La fiscalización de cuentas, principal escollo en las negociaciones sobre el fuero de Navarra

La fiscalización de las cuentas de Navarra continúa siendo el escollo a solventar por parte de los negociadores de la Diputación Foral y el Gobierno, de cara a la reunión -posiblemente la última- que ambas delegaciones mantendrán en el castillo de Olite el próximo día 5, sobre el amejoramiento del régimen foral de Navarra.

La futura ley orgánica del amejoramiento del régimen, foral de Navarra entrará en las Cortes en la primera quincena del próximo mes de diciembre, con lo que quedará cerrado al proceso negociador iniciado en Pamplona el 20 de diciembre de 1980.El próximo 5 de noviembre, las dos comisiones negociadoras se reunirán, teóricamente por última vez, en el castillo de Olite, con el objeto de concluir de forma definitiva la redacción de lo acordado hasta el momento. La futura ley orgánica contendrá un título preliminar en el que se recogerán los principios generales del régimen foral de Navarra, un título primero, relativo a las instituciones (Parlamento Foral de Navarra, presidente de la Diputación de Navarra, Diputación Foral o Gobierno de Navarra y Tribunal Superior de Justicia) y un título segundo sobre competencias.

El último título, relativo a las competencias, cuyo texto, todavía no definitivo, fue aprobado por la comisión mixta Gobierno-Diputación hace dos semanas, en Madrid, consta de cinco capítulos, con 31 artículos y dos disposiciones adicionales. Según lo aprobado, corresponden a Navarra todas aquellas competencias y facultades que no sean inherentes a la unidad constitucional española, como son: las que ejerce actualmente, al amparo de lo establecido en la ley Paccionado de 1841, todas las competencias que se le reintegren en la ley orgánica de amejoramiento del régimen foral, las facultades y competencias que el Estado atribuya, transfiera o delegue en las comunidades autónomas y aquellas que previa solicitud formulada por el Parlamento Foral, le transfiera el Estado, con posterioridad a la entrada en vigor de la ley orgánica.

El sistema fiscal de Navarra actualmente en vigor continuará con el mismo procedimiento de negociar los convenios económicos con el Estado, que se formalizarán mediante leyes. No obstante, en este apartado subsiste un importante motivo de desacuerdo entre las dos comisiones negociadoras sobre las funciones de la Cámara de Comptos, antiguo tribunal de cuentas de Navarra. Mientras los miembros de la comisión designada por la Diputación Foral sostienen el criterio de que la Cámara de Comptos debe tener en exclusiva las funciones de inspección de las cuentas de Navarra, los representantes de la Administración consideran que el Tribunal de Cuentas del Reino tiene competenciaspara fiscalizar las cuentas de cualquier ente autónomo, de acuerdo con el artículo 136 de la Constitución.

Pendiente de revisión

Este tema, en el que no ha habido acuerdo posible desde el comienzo de las negociaciones, está pendiente de una nueva revisión. No obstante, los comisionados navarros consideran que el viejo reino ha tenido siempre funciones exclusivas para fiscalizar y controlar sus cuentas, por lo que se deben mantener las razones jurídico-históricas que avalan la no intervención del Estado en las cuentas de Navarra.De otra parte, el artículo 11 del título sobre competencias indica que corresponden a Navarra el régimen de la policía foral, cuyos fines y servicios podrán ampliarse en el marco de lo establecido en la ley orgánica. Con el fin de coordinar la actuación de la policía foral y la de los cuerpos y fuerzas de la Seguridad del Estado, se establecerá, mediante un convenio, una junta de seguridad, de la que formarán parte, en igual número, representantes de la Diputación y del Gobierno.

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