El Ayuntamiento de Alcobendas y la Magistratura
Soy una trabajadora de la guardería municipal de Alcobendas. Desde el 27 de marzo del año en curso me encuentro en situación de paro forzoso"; por mero capricho de la directora de la guardería, respaldada por el Ayuntamiento, fui despedida del trabajo.Intencionadamente se me complicó en una extraña desaparición de 15.000 pesetas, presentándome una carta para que firmase "por las buenas" la dimisión. Ante mi negación rotunda y mi estupor, en un nuevo alarde de inteligencia intentaron hacerme firmar el finiquito, esta vez inventando faltas de rendimiento. Tuvieron que estrujar la inteligencia hasta el agotamiento para aducir en esta ocasión faltas de puntualidad, volviendo una vez más a no firmar el escrito.
Decidí presentar demanda, asesorada por un abogado, a la Magistratura de Trabajo y a la Seguridad Social, a esta última por el de
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sacuerdo existente entre las nóminas y las exigencias de la ley (a pesar de estar contratada como educadora de guardería me aplicaban el convenio de la construcción). Citados a juicio el 3 de julio pasado, y tras la no comparecencía del Ayuntamiento, el juez dictaminó despido improcedente.
Según el artículo 56/2 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa tiene cinco días para contestar y elegir readmisión o indemnización. Cumplido el plazo, y ante el silencio del Ayuntamiento, me incorporé al trabajo, según me concedía la ley. Al verme llegar la representante de personal y decirle que de acuerdo con la sentencia del señor magistrado y el Estatuto de los Trabajadores tenía la obligación de presentarme en mi puesto, consultó al Ayuntamiento y le dijeron que me fuera o si no sería sacada por la Policía Municipal.
Sabiéndome protegida por la ley, seguí tenazmente presentándome todos los días a mi trabajo. Ante la imposibilidad de reunirse el patronato, por estar la mayor parte del personal de vacaciones, se convocó un pleno extraordinario, decidiendo el Ayuntamiento el 29 de agosto -sin respetar los plazos que acuerdan las leyes laborales y atribuyéndose competencias que son exclusivas de la Jurisdicción Laboral- fijar por su cuenta una indemnización por despido que, por otra parte, no concuerda con la fijada en la sentencia del magistrado. Ante mi incorfomidad fui expulsada por enésima vez de ese centro de enseñanza para niños, presentando una nueva demanda a Magistratura y siendo citados a juicio el 15 de octubre del actual, acto al que tampoco compareció el Ayuntamiento de Alcobendas.
Ante el temor de seguir en esta situación quién sabe cuánto tiempo más, aprovecho la oportunidad que me ofrece la tribuna pública en este periódico para denunciar mi caso y el de otros tantos similares que existen en España de trabajadores sumergidos en un estado de incertidumbre y angustia, pero que luchamos honestamente por lo que la ley nos ofrece y que no hacemos sino ponernos en sus manos y someternos a los tribunales, cosa que obviamente no ha hecho en este caso el Ayuntamiento de Alcobendas. Ojalá no volvamos a los tiempos en los que la democracia era una palabra sin sentido y las leyes se interpretaban según la conveniencia de los que se sentaban en las poltronas./
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