OTAN y desinformación sobre armas nucleares
Consciente de que, en relación con la posible adhesión de España a la Alianza Atlántica, es el capítulo de las armas nucleares uno de los que más interesan a la opinión publica, el pasado día 20 intenté poner este tema en claro a lo largo de un debate que sobre la OTAN convocó la Fundación para el Progreso de la Democracia, y al que asistí como ponente de los aspectos defensivos. A la vista de la reseña que a la mañana siguiente tuve oportunidad de leer en este diario que hoy me acoge en sus páginas, comprendí que o no me había expresado con la suficiente claridad o no se me había prestado la debida atención. Voy a intentarlo ahora.La posible integración de España en la OTAN plantea, en lo que armas nucleares se refiere, tres planos de análisis y reflexión distintos: el de despliegue de ingenios de este tipo en nuestro territorio, el de almacenamiento en instalaciones militares de nuestra infraestructura militar y el de simple tránsito o escala de aviones o navíos de países pertenecientes a la Alianza y portadores de armas nucleares. Me referiré a cada uno de ellos por separado para mayor claridad.
La OTAN, como tal, no posee armas nucleares. Pertenecen a algunos de. sus miembros, concretamente a los Estados Unidos de Norteamérica, Reino Unido de la Gran Bretaña y Francia. De estos tres países, sólo Estados Unidos tiene desplegadas armas de este tipo en territorios de naciones europeas integrantes de la Alianza. Las armas nucleares pueden ser de tres modalidades de empleo diferentes: estratégicas (intercontinentales o de gran alcance), de teatro de operaciones (alcance medio) y tácticas (con «alcances de combate» y para empleo en frentes y espacios reducidos y determinados dentro de los teatros de operaciones). Pueden ser disparadas o lanzadas desde navíos de superficie, sumergibles, aviones o lanzadores terrestres (silos, lanzadores móviles y artillería).
En lo que se refiere al primer tipo -las estratégicas- puede afirmarse que no es necesario, ni siquiera conveniente, su despliegue ni, consecuentemente, su almacenamiento ni tránsito en territorio español, puesto que, ya sean lanzadas desde aviones, navíos o lanzadores terrestres, poseen un tan gran alcance que no precisan para nada de nuestro suelo como base. Queda, pues, excluida cualquier posibilidad de que nuestro país fuera requerido para desplegar en su geografía armas nucleares estratégicas.
Las armas de alcance medio o «de teatro de operaciones» (vulgarmente conocidas como euromisiles) se reducen a dos tipos: las de modelo Pershing II, de alcance mayor que el Pershing I, actualmente instalado en territorio europeo, y las del modelo Cruise, con alcance superior a los dos Pershing. El Pershing II tiene un alcance eficaz de 1.600 kilómetros, y el Cruise, de, 2.400, lo que quiere decir que con misiles de este tipo no sería posible dañar el territorio soviético desde lanzadores instalados en España. Ello significa que muy difícilmente sería nuestro país requerido para desplegar en su territorio armas de este tipo que deben estar desplegadas para aprovechar más eficazmente sus posibilidades en posiciones mucho más avanzadas dentro del despliegue OTAN.
En lo que respecta al tercer tipo de armas -las tácticas, con «alcances de combate»- hay que decir que, si se instalasen en España, .tendrían como objetivo la defensa de nuestro suelo. España cuenta con medios para el disparo o lanzamiento de algunas armas nucleares tácticas, ya que éstas son esencialmente proyectiles, misiles o bombas similares a las convencionales, pero con carga nuclear. Podría interesar a nuestra defensa contar con algunas armas tácticas bajo nuestro control. Pero no habiendo firmado España el tratado de no proliferación de armas nucleares, y no siendo zona de contacto directo con fuerzas del Pacto de Varsovia, es muy improbable que nos fueran facilitadas por los países miembros de la Alianza, que las poseen. Si España decidiera alguna vez abordar la fabricación de estos ingenios, ello sería otra canción que nada tiene que ver con nuestro acceso a la OTAN.
El tratado hispano-norteamericano
Y Vamos ahora con las consideraciones sobre almacenamiento y tránsito de armas nucleares. Un gran número de aviones, sumergibles y navíos de superficie pertenecientes a la Alianza portan en la actualidad armas nucleares permanentemente. Esto implica la necesidad de que tales medios efectúen aterrizajes y escalas en bases aéreas o navales, puertos o aeropuertos, para mantenimiento o descanso de sus dotaciones, y, en algunos casos, contar con instalaciones para el almacenamiento de las armas que portan. El vigente Tratado Hispano-Norteamericano -y en la misma línea se mueve a priori el Gobierno español respecto de la OTAN- prohíbe el almacenamiento en España de armas nucleares y obligó a la salida de un escuadrón de sumergibles nucleares y obligó a la salida de un escuadrón de sumergibles nucleares americanos de la base de Rota en 1979. Se autorizan, sin embargo, y con carácter restringido las visitas a ciertos puertos controlados, y con intervalos de tiempo previstos, de navíos de propulsión nuclear, siempre de acuerdo con las normas de la Junta de Energía Nuclear y la legislación vigente en España sobre seguridad nuclear.
Aunque en Noruega y Dinamarca no se almacenan ingenios nucleares, ello no quiere decir que tal medida esté pactada explícitamente con la OTAN. Y es que establecer como cláusula en un tratado internacional el anuncio al mundo de que se prohíbe el almacenamiento de este tipo de armas en cualquiera de los territorios de los países miembros supone proporcionar valiosa información al enemigo y autolimitar la libertad de acción de cada país y de la organización, restringiendo la soberanía individual. Y España ni puede ni debe suponer una excepción.
Nuestro país siempre puede prohibir, sin cláusula alguna, el almacenamiento de armas nucleares en su territorio, pero es absurdo comprometerse a ello de forma absoluta, si no es para dar satisfacción a presiones externas y gratificar de alguna forma al potencial enemigo. La doctrina militar soviética es, en este orden de ideas, bien clara: los objetivos de sus armas nucleares no son sólo los medios de ataque nuclear occidentales, sino también las concentraciones de tropas, las bases militares, los blancos de características militar-industrial, la desorganización de la administración estatal y militar de sus adversarios y los servicios de retaguardia y transporte. Lo que quiere decir que si somos objetivo militar lo somos ya.
En cualquier caso, España se reservará el derecho de autorizar, caso por caso, las solicitudes de escala de buques o aviones propulsados por energía nuclear o portadores de armas nucleares, medida bastante más dura que la que imponen la mayoría de las naciones occidentales. Creo haber expresado con claridad y hasta, si se me permite, con rotundidad, que el pueblo español ni tiene por qué esperar aumento de riesgos nucleares por nuestra posible adhesión a la OTAN, ni menos sospechar que nuestro territorio va a afrontar condiciones onerosas en este campo.
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