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Relación de los centros que tramitan ayudas para los intoxicados

Los afectados por la intoxicación de aceite adulterado podrán acudir a los centros hospitalarios en los que reciben asistencia sanitaria o a las unidades de seguimiento de la localidad donde residen para recibir atención social, así como información y tramitación de las ayudas destinadas a paliar su situación. Los centros hospitalarios de Madrid son los siguientes, según la relación facilitada por el Instituto Nacional de la Salud: ciudad sanitaria La Paz, Primero de Octubre, centro de especialidades quirúrgicas Ramón y Cajal, clínica Puerta de Hierro, Gran Hospital del Estado, hospital Clínico, Fundación Jiménez Díaz, hospital central de la Cruz Roja, Hospital Provincial, hospital del Rey, hospital del Niño Jesús, hospital Victoria Eugenia, hospital de Enfermedades del Tórax (en San Lorenzo de El Escorial) y sanatorio La Fuenfría (en Cercedilla).

Las unidades de seguimiento de afectados funcionan en los ambulatorios situados en: avenida de Portugal, 155, Madrid; avenida Polvoranca, s/n., Alcorcón; avenida de Pedroche, s/n., Leganés; avenida de Castilla, s/n., Alcalá de Henares; avenida de Madrid, s/n., Torrejón de Ardoz; Aguacate, 13, Carabanchel; Doctor Esquerdo, 45 Madrid; Modesto Lafuente, 4, Madrid; Hacienda de Pavones, s/n., Moratalaz (Madrid); Cestona, 3, Orcasitas, (Madrid); San Martín de Porres, 4; Puerta de Hierro (Madrid); avenida de los Angeles, s/n., Getafe, y Blas de Otero" s/n., Alcobendas.

Los documentos que precisan aportar los afectados para beneficiarse de las ayudas sanitarias y farmacéuticas son, además de una instancia, una certificación sanitaria del centro donde son atendidos, que acredite su situación y el tratamiento médico que reciben, y una declaración jurada de ingresos y número de familiares a su cargo, con fotocopia del libro de familia. Los intoxicados que no tengan Seguridad Social deberán presentar una justificación de los pagos por gastos médicos y farmacéuticos.

Para las ayudas por fallecimiento, los familiares de la víctima tendrán que mostrar, junto a una instancia, una certificación o declaración jurada de ingresos de la unidad familiar y el número de miembros de la misma, con una fotocopia del libro de familia, y otra certificación, expedida por el director provincial del Plan de Seguimiento de Afectados, de que la causa de la rmierte ha sido el aceite tóxico.

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