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Prueba del alcohol para peatones implicados en accidentes de tráfico

Cualquier usuario de la vía pública, sea conductor o no, que se encuentre implicado directamente en un accidente de tráfico podrá ser sometido a las pruebas de detección alcohólica, según una orden del Ministerio de Interior que ayer publicó el Boletín Oficial del Estado. También señala la orden que podrá ser sometido a estas pruebas cualquier conductor que sea denunciado por haber incurrido en alguna de las infracciones que se contemplan en el artículo 289 del Código de la Circulación y presente síntomas evidentes de embriaguez. Según la orden mencionada señala, bastará para ser sometido a la prueba de alcohol con que así lo requiera un agente de la autoridad dentro del programa de controles preventivos de alcoholemia.Las pruebas de alcohol que recoge la orden del Ministerio de Interior deben efectuarse siempre mediante globos de detección alcohólica convenientemente homologados, «a no ser que, debido a las heridas sufridas en el accidente, sea trasladado a un centro asistencial, en cuyo caso serán los facultativos los que determinen cuáles son las pruebas a efectuar».

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