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La Dirección

General de Tributos ha dictado una resolución por la que se dan instrucciones para la presentación de las declaraciones del impuesto sobre sociedades por las entidades eclesiásticas y del impuesto sobre la renta de las personas físicas de los sacerdotes y religiosos. Por esta resolución se establecen dos plazos: para la presentación de las declaraciones del ejercicio de 1979, hasta el día 31 de julio de 1981, inclusive; para la del ejercicio de 1980, hasta el día 31 de diciembre de 1981.

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