_
_
_
_

La Dirección

General de Tributos ha dictado una resolución por la que se dan instrucciones para la presentación de las declaraciones del impuesto sobre sociedades por las entidades eclesiásticas y del impuesto sobre la renta de las personas físicas de los sacerdotes y religiosos. Por esta resolución se establecen dos plazos: para la presentación de las declaraciones del ejercicio de 1979, hasta el día 31 de julio de 1981, inclusive; para la del ejercicio de 1980, hasta el día 31 de diciembre de 1981.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_