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Trascendente momento en el sumario de Almería

El sumario que se sigue por la muerte de tres jóvenes mientras permanecían detenidos por la Guardia Civil de Almería se encuentra en el momento más trascendente desde su apertura, a raíz de los referidos fallecimientos, el pasado 10 de mayo. Esta trascendencia viene determinada por la que se considera inminente decisión de la Audiencia Provincial de Almería sobre las solicitudes de procesamientos por asesinatos presentadas por la acusación particular y referidas a tres guardias civiles, así como por la resolución que adopte el juez instructor acerca de la petición formulada por la misma acusación particular para que se proceda a la exhumación de los cadáveres y su estudio por el Instituto Anatómico Forense.Por lo que se refiere a la posible exhumación de los cadáveres, todos los indicios apuntan hacia un pronunciamiento favorable en tal sentido por parte del juez instructor del sumario, magistrado Tortosa Pozuelo. Abunda en esta posibilidad el exhorto telegráfico cursado por el juez a la localidad santanderina de Muriedas para solicitar el correspondiente certificado de la inscripción de defunción de Luis Montero García, una de las tres víctimas.

De otra parte, la sospecha que alberga la acusación particular sobre la posible existencia de torturas parece que únicamente podría ser desvelada mediante el estudio forense que se solicita, dada la precariedad de medios con que cuenta la medicina legal fuera del Instituto Anatómico Forense en Madrid.

En cuanto a la decisión que finalmente adopte la Audiencia Provincial sobre los solicitados procesamientos por asesinato de tres de los guardias civiles implicados en los hechos, medios jurídicos consideran de vital importancia este pronunciamiento, por cuanto en el caso de que dictara auto de procesamiento para las personas afectadas, tal decisión supondría la existencia de indicios racionales de criminalidad que iniciarían el juicio oral.

En el supuesto de que la Audiencia dictara auto de procesamiento, y una vez devuelto el sumario al juez instructor del mismo, éste continuaría con las correspondientes actuaciones hasta que considerara el mismo concluido y remitido definitivamente a la sala.

A partir de este momento, y una vez que hubieran transcurrido tres días desde que la Audiencia remitiera a las acusaciones el sumario para su instrucción sin que las mismas pidieran más actuaciones o solicitaran su revocación, quedaría abierto el juicio oral, que comenzaría con la calificación de los hechos, que corresponde hacer, por este orden, al ministerio público, acusación particular, abogado del Estado, en nombre de la Administración, y, finalmente, la defensa.

Una vez que fuera dictado el auto de procesamiento para los tres afectados, se habría procedido a la indagatoria de los procesados a cargo del juez instructor, que habría recobrado nuevamente la jurisdicción sobre el caso.

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En el capítulo de indagatoria, que podría llevarse a cabo en la misma prisión o establecimiento militar donde se encontraran los procesados, se procedería a la delimitación de la responsabilidad civil en que hubieran incurrido los mismos. Esta pieza jurídica incluye, si fuera preciso, el embargo preventivo de los bienes de los procesados, que en este caso, por la identidad de los mismos, cuentan con la subsidiaridad responsable del Estado.

Si, como en medios jurídicos se cree, se produjera el auto de procesamiento de los tres guardias civiles implicados en los sucesos -la exhumación de los cadáveres podría dotar a la acusación particular de nuevos elementos de juicio para solicitar más procesamientos de otros integrantes de la expedición de guardias civiles que conducían a las víctimas como detenidos hacia Madríd-, a partir de la fecha de su comunicación a las partes la defensa cuenta con cinco días de plazo para presentar el oportuno recurso, independientemente de la ejecución del auto de la Audiencia Provincial.

La defensa, confiada

Sobre esta posibilidad, la defensa rehusó hacer cualquier comentario hasta conocer el contenido del auto de procesamiento, si es que se produce, al tiempo que aseguraba su confianza en la inocencia de sus defendidos y la creencia de que los procesamientos «no supondrían nada, pues todas las absoluciones han seguido a un procesamiento».

Presentado un recurso de súplica, la defensa no podría recurrir por segunda vez. Este supuesto es considerado en medios jurídicos -en los que esta causa se sigue con suma atención, dada la minuciosidad con que las partes están actuando y la identidad de los implicados- como «muy interesante por la jurisprudencia que podría sentar, dadas las lagunas que se contienen en la ley de Policía», de acuerdo con la que se lleva el caso.

Las diversas fuentes consultadas por este periódico acerca del calendario que podría seguir el sumario en curso y su conclusión en juicio oral se muestran incapaces de determinar ninguna fecha.

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