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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Menores en el teatro

UNA NUEVA subdivisión en las edades toleradas para la asistencia a los espectáculos teatrales viene a perjudicar más la situación de la empresa teatral. Por una simple orden, el Ministerio de Cultura modifica las normas de clasificación de espectáculos dictadas hace solamente tres años -el tiempo de tantos retrocesos-, en el sentido de que habrá un escalón más en las prohibiciones: se crea la categoría de «para mayores de dieciséis años» entre las dos antes establecidas de mayores de catorce y mayores de dieciocho. Una importante cantidad de público juvenil se ve así privado de ciertas obras de teatro, según el criterio del clasificador -un censor, a fin de cuentas-, que se atribuye el conocimiento de aquello que no se puede ver en una zona intermedia de la formación juvenil de espectro tan amplio en una sociedad cambiante; y sería muy interesante conocer cuáles son los criterios y conceptos de estos calificadores amparados por el Ministerio de Cultura, y cuál es la relación de lo imposible en el teatro que, en cambio, es posible en el ambiente social en que se vive. La modificación afecta a la vida económica del arte teatral en varios aspectos. Uno, el de la asistencia individual; otro, el muy importante de colegios -a precios especiales-, que en muchas ocasiones estaban manteniendo la representación de obras clásicas o de interés cultural. Afecta también a las condiciones de ayuda o subvención; y todo ello tiende, como parece la pudibunda legislación que se viene produciendo desde la fecha característica de 1939, en la que pura y simplemente se prohibía la entrada en locales no deportivos a los menores de catorce años, a que empresas, compañías y autores reduzcan la superficie de rozamiento con las comisiones calificadoras, y, por tanto, infantilicen el teatro. Mientras, el teatro sigue gravado con el impuesto de menores, que encarece las localidades, y que fue impuesto como castigo en los tiempos de Arias Salgado a un espectáculo considerado como disolvente y gravemente perseguido por los sucesivos Gobiernos. Esta orden, que el Ministerio dice haber dictado «sin circunstancia extraña alguna ni presiones ajerias» -ya que ahora de toda acción regresiva se sospecha la presión exterior al Gobierno-, sino por su propia conciencia y voluntad, es un índice del continuo paso atrás en cuestión de las libertades de expresión. No faltará, sin duda, la aclaración de que puede ser una medida liberadora por la virtud de ampliar hasta los dieciséis años lo que hasta ahora sólo estaba permitido hasta, los catorce; una alegación que sólo podrá ser aceptada si los hechos lo corroboran, aunque para ello habría que haber suprimido la calificación de «para mayores de catorce años» y dejar el límite de edad por debajo, el de los dieciséis, que era como estaba,en el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos, de 3 de mayo de 1935; pero en ciertos aspectos estamos cada vez más lejos de 1935, aunque en otros, desgraciadamente, estemos cada vez más próximos.

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