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Los partidos aragoneses deciden llevar la autonomía por el artículo 143

La mesa de partidos que desde hace cinco meses negociaba la salida al proceso autonómico aragonés ha concluido sus trabajos, terminando las bases del proyecto de Estatuto y decidiendo por unanimidad, según la vía constitucional del artículo 143.Este, precisamente, había sido el punto más polémico desde el comienzo de las conversaciones, ya que en su momento no se alcanzaron los requisitos para ninguna de las dos vías. Los partidos de izquierda manifestaron en repetidas ocasiones que no aceptarían otra salida que la del 151. Esta tesis fue defendida en particular por el alcalde de Zaragoza, que incluso solicitó un informe jurídico a la cátedra de Derecho Político de la Umversidad de Zaragoza, informe que corroboraba su tesis de que los pronunciamientos a favor del 151 -caso de la ciudad de Zaragoza- no podían computarse por el 143.

«El acuerdo final ha sido fruto de un gran esfuerzo negociador», ha declarado Elías Cebrián, del PSOE. De igual modo el secretario regional del PCE estima que las bases aprobadas «recogen en lo fundamental las propuestas comunistas». UCD dice que los acuerdos son meritorios e importantes, y Alianza Popular, que «el desbloqueo de la autonomía pasaba necesariamente por un pacto político».

La mesa de partidos, compuesta por los cuatro citados, ya que el Partido Aragonés Regionalista se retiró de las negociaciones, ha elaborado un documento político de 31 puntos, en donde se incluyen las bases del proyecto de Estatuto. La unanimidad es total, salvo en dos artículos que se refieren al sistema electoral y a la composición de las Cortes de Aragón. Existe acuerdo para que la representación provincial sea proporcional, pero UCD y AP quieren que sea más igualitaria, y PSOE y PCE, más ajustada a los habitantes de cada provincia.

El texto recoge la existencia de los tres órganos fundamentales -ejecutivo, judicial y legislativo- y además la figura del justicia de Aragón. Asimismo, expresa la voluntad de que Aragón obtenga el máximo de competencias posibles que la Constitución otorga, y entre ellas, algunas específicas -por ejemplo, sobre la ordenación y el aprovechamiento de las aguas del Ebro.

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