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Los jueces, contra las notas policiales que implican a la actuación judicial

El Consejo General del Poder Judicial ha dirigido un escrito al presidente del Gobierno en el que exige «enérgicamente el cese inmediato» de la publicación de notas informativas del Mando Unico de la Lucha Contraterrorista y del Ministerio del Interior, a las que califica de «graves distorsiones de la verdad, a propósito de actuaciones judiciales a raíz de determinadas detenciones policiales. En estas notas, según el máximo órgano de la Magistratura española, se sustraen datos fundamentales a la opinión pública y generan dificultades «al normal desarrollo de la función jurisdiccional».El ministro del Interior, Juan José Rosón, rehusó ayer comentar la nota del poder judicial, y al preguntarle por afirmaciones de fuente policial en el sentido de que en este ámbito la nota había sido recibida con estupor e indignación, el ministro dijo que suponía que no era nada oficial porque había dado «instrucciones claras» a todas las dependencias del Ministerio para que no enjuiciaran el comunicado.

La nota del Consejo General del Poder Judicial señala que la independencia del poder judicial se basa en la confianza de los ciudadanos en la Magistratura y sería esta confianza la que se habría visto perjudicada por la publicación de las referidas notas informativas a propósito, entre otros casos, de la detención del abogado Ruiz Balerdi y su posterior puesta en libertad, «que sustraían datos fundamentales a la opinión pública, como se ha detallado por el presidente de la Audiencia Nacional».

La nota del Consejo General, después de destacar «el esfuerzo, la abnegación y el sacrificio de los integrantes de las Fuerzas de Seguridad del Estado, que muchas veces deben actuar en un clima de incomprensión», dirige a sus portavoces y autoridades políticas del Ministerio del Interior las siguientes consideraciones:

«Primero. Entendemos que es muy grave atentar a la credibilidad del poder judicial en un orden constitucional cuyo cumplimiento y desarrollo reposa precisamente sobre los jueces y magistrados. Elmutuo desprestigio de las instituciones del Estado contribuye lamentablemente a que el pueblo se despegue de todas. Y en los casos que motivan esta nota viene a acentuar las tintas de una secular postergación de jueces y magistrados, sobrellevada con dignidad desde la propia conciencia de la trascendencia de la función, pero que el Estado democrático tiene la obligación urgente de corregir».

« Segundo. Los atestados policiales por causa de delito están sometidos a secreto, lo mismo que las actuaciones judiciales del sumario. Este secreto, que los jueces cumplen escrupulosamente, con idéntico rigor debe ser respetado por los portavoces de las fuerzas de seguridad. Este secreto es un límite al derecho de información que la Constitución reconoce, y así se entiende en todos los Estados de derecho. Romper este secreto es grave; cuando además se hace con la consecuencia de dañar el prestigio judicial, los responsables están añadiendo gravedad a la gravedad».

«Tercero. Ni la policía ni los jueces, por supuesto, están para apuntarse éxitos ante la opinión pública en su lucha contra el delito, sino para impedirlo, descubrir a los delincuentes y castigarlos. Es claro que no corresponde a las fuerzas de seguridad ni al Ministerio del Interior declarar cuándo hay o no delito. Menos aún es permisible que sus portavoces censuren, abierta o encubiertamente, a los jueces. Nadie puede pretender que los jueces acepten como bueno cuanto en los atestados policiales se afirme, porque en el Estado de derecho es principio inexcusable que la culpabilidad debe ser probada y no sólo afirmada».

«Cuarto. Cuando determinadas notas parecen dar la imagen de lenidad en la actuación de los jueces, se olvida, por ejemplo, que en este momento hay en las cárceles españolas más de 21.000 presos, el 60% de ellos preventivos, cifra que es la más alta de la población penitenciaria española en los últimos treinta años. Por ende, contra el error judicial caben los recursos, la responsabilidad judicial está neta mente definida en las leyes, y la actuación disciplinaria sobre jueces y magistrados corresponde orgánicamente a este Consejo General».

«Quinto. La Constitución descansa en la institución judicial. Sobre los jueces descansa el ejercicio del derecho a castigar, la garantía de las libertades y el control del Ejecutivo, así como el mantenimiento del orden jurídico, fuera del que es absolutamente impensable el desarrollo normal de la vida de una comunidad civilizada».

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