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La Administración ultima la reordenación del seguro

El texto aprobado por el último Consejo de Ministros en cuanto a la ley de Ordenación y Fomento del Seguro Privado persigue actualizar y sistematizar la normativa legal del seguro, liberalizar y agilizar los controles administrativos, potenciar la competencia y reestructurar el sector, con vistas a la integración en la Comunidad Económica Europea.

El texto de esta ley será remitido en fecha próxima a las Cortes para su estudio. Según explicó el director general de Seguros, Luis Angulo, en una entrevista concedida a la agencia Efe, la reforma de la normativa de seguros actual tiene fundamentalmente tres pilares:- La ley de Contrato de Seguro, de 8 de octubre de 1980, que entró en vigor el pasado 18 de abril.

- La ley de Ordenación y Fomento del Seguro Privado -también conocida como ley de Control-, cuyo proyecto ha sido aprobado en el Consejo de Ministros del 24 de abril último y que aparecerá pronto en el Boletín de las Cortes.

- La ley de Seguros Marítimos, que acoge las particularidades que tiene este tipo de seguros. Esta última se encuentra todavía en fase de elaboración. Hay un anteproyecto realizado por la Asociación de Derecho Marítimo y la sección española de la Asociación Internacional del Derecho del Seguro, y que está ahora mismo en la Comisión General de Codificación, puesto que esta ley es modificación de píeceptos del Código de Comercio y, por tanto, compete al Ministerio de Justicia.

Estas son -continuó explicando el director general- las tres leyes fundamentales, que tendrán que ser posteriormente desarrolladas mediante un reglamento, que se presenta especialmente importante en el caso de la ley de Control, porque el actual reglamento de seguros data de 1912, mientras que la ley vigente es de 1954. La Dirección General de Seguros se encuentra trabajando sobre borradores de ese reglamento.

Insistió a continuación Luis Angulo en la necesidad de llevar a cabo una reforma de la normativa vigente, Ya que en la actualidad resulta anticuada y no está ajustada ni a las necesidades españolas ni a las normas que se han dictado en el ámbito europeo. Otro de sus principales defectos es que está muy dispersa, ya que por la ambigüedad de la ley y por el desajuste de su reglamento se han tenido que dictar muchísimas disposiciones generales -hasta 375-, que suponen gran inflación normativa, con merma de la seguridad jurídica.

Para el director general de Seguros, «es necesario concentrar y especializar las entidades de seguros, ya que España es uno de los países que mayor número de entidades de seguros tiene.

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