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PAIS VASCO

El Gobierno autónomo insiste en asumir el mando de la policía en Euskadi

«El Estatuto de Autonomía reconoce al Gobierno vasco competencias policiales que no tengan carácter supra o extra comunitario, atribuyendo a la función de mantenimiento del orden público el carácter de comunitaria", declaró ayer el Gabinete de Carlos Garaikoetxea, mediante una nota difundida en Vitoria, para salir al paso ante las declaraciones del delegado del Gobierno para el País Vasco, Marcelino Oreja, tras la disposición del Gobierno autónomo a asumir el mando efectivo policial en Euskadi. Marcelino Oreja y el lendakari Carlos Garaikoetxea tratarán hoy el contencioso en el curso de una reunión que celebrarán en Vitoria.

Ante la nota que dio a conocer el Gobierno vasco la pasada semana en la que manifestaba su disposición a asumir el mando directo y efectivo del aparato policial en Euskadi, la delegación del Gobierno en el País Vasco respondió que el Ejecutivo autónomo debe respaldar a las fuerzas de seguridad del Estado.En la respuesta del gabinete de Prensa de Marcelino Oreja se precisaba que «el Gobierno vasco sabe perfectamente que ni la Constitución ni el Estatuto facultan para que una comunidad autónoma asuma el mando de las fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado, cuya dependencia corresponde únicamente al Gobierno de la nación; se trata de una materia cuya competencia es irrenunciable».

Por su parte, el Gobierno vasco, que ayer no celebró su habitual reunión semanal, dio a conocer un comunicado en el que matizaba que «es cierto que el artículo 104 de la Constitución, al hablar de los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado, señala que ejercen sus funciones bajo la dependencia del Gobierno, pero ello en nada viene a significar que constitucionalmente no quepa, cuando menos, la delegación de dicho mando y mucho menos que haya una imposibilidad jurídica en el Estatuto de Autonomía».

El Gabinete de Garaikoetxea señala también que el artículo 150/2 de la Constitución establece la posibilidad de transferir o delegar en las comunidades autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materias de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de delegación o transferencia.

«Afirmar que la facultad de mando es intransferible o indelegable», destacaba el Gobierno vasco, «equivale a decir que la naturaleza de dicho mando es estatal, olvidando que, ante el derecho, no hay otra naturaleza que la jurídica, es decir, no hay otra naturaleza que la que resulta de la voluntad política que se traduce en derecho».

Por último, el Ejecutivo hace especial hincapié en que si la función de mantenimiento del orden público es comunitaria, «y como tal se reconoce en el Estatuto», no hay por qué entender que «el mando de aquellos que cumplen dicha función en este momento no pueda ser delegado», y califica de «suficiencia absurda» la declaración de Oreja.

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