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Dos diputados liberales de UCD mantienen enmiendas al proyecto de ley de Defensa de la Constitucion

Dos diputados del sector liberal de Unión de Centro Democrático han sido los únicos miembros de¡ grupo parlamentario centrista que ha presentado enmiendas al proyecto de ley orgánica de Defensa de la Constitución. Este proyecto se refiere, fundamentalmente, a los delitos de rebelión contra la Constitución, bien por la fuerza o por incitación a través de medios informativos, y a los delitos cometidos por «comandos informativos» que actúan a favor de las organizaciones terroristas.

Según Europa Press, estos dos. diputados son Joaquín Muñoz Peirats y Antonio Fontán. El primero presentó una enmienda a la totalidad del proyecto de ley, aunque esta decayó el viernes en el debate que a tal fin se celebró en la comisión de Justicia, al que no asistió Muñoz Peirats.Además de esta enmienda a latotalidad, el mismo diputado ha presentado otras tres enmiendas parciales. Una de ellas pide que sea suprimido el artículo 216 bis b) del proyecto, artículo en el que se tipifica también como delito la provocación a los delitos de rebelión, por la fuerza o fuera de los cauces legales, hecha a través de cualquier medio de comunicación social.

Por su parte, Antonio Fontán ha presentado cuatro enmiendas, una de ellas pide la supresión del párrafo del artículo 216 bis b), en el que se dice que las instalaciones, maquinarias y enseres con que se hubieren realizado los delitos de modificar o derogar la Constitución por la fuerza, serán consideradas instrumentos del delito. El diputado centrista dice que es frecuente que ese tipo de instalaciones donde se elabora o fabrica una publicación, sean ajenas a la empresa o personas responsables de la publicación.

Otra de sus enmiendas pide la supresión del párrafo 4 del artículo 216 bis b), que prevé el cierre del medio de difusión y ocupación material de los instrumentos del delito. Antonio Fontán argumenta que no puede adoptarse tal medida sin que haya entrado en vigor el articulo 55 de la Constitución, sobre el Estado de excepción.

Asimismo, Fontan propone la supresión del artículo 216 bis c), que impide la aplicación de los artículos 13 y 15 del Código Penal a los delitos de provocación o apología de la rebelión. Los citados artículos exceptuan de responsabilidad criminal los delitos y faltas cometidas por medio de la imprenta y otros medios. Fontán afirma que si se aplican las reglas ordinarias de responsabilidad criminal, como afirma el proyecto de ley, podría dar lugar a una cadena indeterminada de presuntos cómplices y encubridores, mientras que la aplicación de los artículos 13 y 15 del Código Penal ofrece garantías suficientes para preservar el orden público.

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