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Próxima autorización de las operaciones a plazo en las bolsas

El Ministerio de Economía y Comercio se dispone a publicar en fecha próxima una orden ministerial en la que se regulen y posibiliten las operaciones a plazo en las bolsas españolas. Se viene con esto a recuperar un sistema operativo de amplia implantación en los mercados internacionales y que en nuestro país se hallaba suspendido desde principios de los años cuarenta.

La fórmula inicial que plantea la orden del Ministerio de Economía está más cerca del modelo de «operaciones de margen» de los mercados sajones que de la tradicional operatoria a plazo de los latinos, sin que se descarte la posibilidad de que también sea autorizada esta modalidad.Su principal característica es que no supone propiamente una operatoria a plazo, sino un sistema de crédito a compradores y vendedores en operaciones bursátiles de contado.

Sólo los valores de cotización calificada, expresamente autorizados por las juntas sindicales, podrán ser objeto de estas operaciones. En un principio no se operará con valores nominativos por las dificultades que conlleva.

Las operaciones que se realicen por este sistema habrán de hacerse a los precios de mercado, despistándose un 30% de su importe en el momento de su confirmación, y corriendo por cuenta de las juntas sindicales la financiación del resto, acudiendo a los mercados financieros, previsiblemente al Interbancario.

Los títulos que se necesiten para respaldar las operaciones de venta (ventas en descubierto), los gestionarán las juntas sindicales entre los inversores, fundamentalmente institucionales, cuyas carteras sean poco dinámicas.

Por estos préstamos de títulos, la entidad prestamista percibirá una comisión que aún está por fijar, que satisfarán las Juntas Sindicales y mantendrán la titularidad sobre todos los derechos económicos que devenguen sus títulos durante el período del préstamo. Estas ventas en descubierto no podrán realizarse a un precio inferior a la cotización inmediatamente anterior del valor.

La liquidación de las operaciones de contado a crédito se realizará al final del mes corriente en las operaciones que se ordenen en las primeras quincenas, y al final del mes siguiente las que sean hechas en las dos últimas semanas de cada mes, pudiendo solicitarse, como máximo, dos prórrogas en la liquidación, de un mes de duración cada una, con lo que el límite máximo de tiempo en estas operaciones queda fijado en noventa días.

Los gastos que originarán para el ordenante, además de los ordinarios, en cualquier operación bursátil serán los de la comisión de apertura del crédito y el recargo por el diferimiento en el pago.

La orden ministerial fijará un mínimo de cien acciones para poder realizar estas operaciones, debiendo ser las cantidades superiores siempre múltiplo de esta cifra.

Las juntas sindicales, de las distintas bolsas podrán solicitar garantías complementarias a ese 30% de depósito mínimo y previo, en los casos en que las oscilaciones en el precio del valor sean superiores a un 10%, al alza en case de ventas en descubierto, y a la baja cuando se trate de compras.

También será facultativo de las juntas el suspender este tipo de operaciones cuando consideren que su cuantía resulta excepcional y que puede interferir en el normal funcionamiento de los mercados.

Diversos medios consultados por EL PAÍS han puesto de manifiesto la serie de condiciones objetivamente favorables que presenta esta nueva modalidad de operaciones. En primer lugar pone en comunicación del resto de los mercados financieros con el de valores, al venir fijado el precio de los préstamos, tanto de dinero para las compras como el de las comisiones de los préstamos de títulos para las ventas, por los precios de los mercados de dinero. Además plantea facilidades para el acceso de los más modestos a la Bolsa. Por último, una de las consecuencias técnicas que comporta este tipo de operaciones es moderar las oscilaciones bruscas de los mercados de valores, al existir intereses enfrentados entre quienes han comprado a crédito y que apuestan por las subidas, y quienes han vendido en descubierto que estiman negativas las expectativas del mercado.

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