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EL Pleno del Congreso

Rosón: "No se ha admitido ni se admitirá el terrorismo de Estado"

El ministro del Interior, Juan José Rosón, respondió a la oposición relatando la versión gubernamental del caso Arregui y, entre otras cosas, afirmó que «no hay, ni se ha admitido, ni se admitirá el terrorismo de Estado». En todo caso remitió las decisiones últimas a la justicia, y aludió a que la muerte de Arregui no puede justificar ninguna simpatía hacia ETA ni ningún desprestigio o maniobra política contra la lucha del Estado contra el terrorismo. En resumen, el ministro del Interior dijo:

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José Arregui fue detenido, junto a otro miembro de un comando armado de ETA, el pasado día 4. En la detención se produjo un tiroteo en el que José Arregui disparó las catorce balas de su pistola, siendo detenido y reducido tras intercambio de golpes y duro forcejeo, en el que resultaron lesionados el detenido y los policías.En las dependencias policiales, y siguiendo la táctica habitual de los etarras de retrasar los interrogatorios para poner a salvo a sus cómplices, se resistió contra los policías, originándose una pelea que obligó a reducirle violentamente de nuevo. El Gobierno no tuvo conocimiento de ninguna anomalía en relación con el detenido hasta que el día 13 le llegó la noticia de su muerte, salvo el parte médico en el que se relacionan las lesiones sufridas por Arregui el día 4. Al conocerse la muerte, el Gobierno ordenó la iniciación inmediata de una investigación a fondo del asunto, que fue resumida en la nota que el Ministerio del Interior facilitó en la noche del día 13.

Esa misma noche se cursaron las órdenes para que declararan todos los funcionarios que habían intervenido en la detención y en el interrogatorio del detenido o habían sido testigos. La circunstancia de que sufriera lesiones leves al ser reducido por la fuerza aconsejó un reconocimiento por los servicios sanitarios de la Dirección General de la Policía, los cuales apreciaron hematomas en ambos glúteos, pies, muñecas y cara anterior del tórax, de pronóstico leve, salvo complicaciones.

El informe del jefe superior de Policía de Madrid añade que «el día 12 cuando se procedía a su reseña tactiloscópica y fotográfica, sufrió un mareo ». Tras este servicio sanitario hizo que se le trasladara inmediatamente al hospital penitenciario, donde fue reconocido en varias ocasiones por los servicios médicos, que le hicieron radiografías y análisis y le prescribieron el oportuno tratamiento médico, que le fue dispensado. En la tarde del día 13, cuando, por la gravedad de su estado, se le iba a trasladar a la Ciudad Sanitaria Provincial, falleció al llegar al vestíbulo.

Indicios de posible violencia

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Los primeros indicios de la posible existencia de violencia hicieron comunicar los hechos inmediatamente a la autoridad judicial y poner a su disposición a cinco funcionarios del Cuerpo Superior de Policía. La existencia de violencia física ha sido confirmada por la autopsia, pero «está por determinar el dónde, cuándo y cómo se han producido dichas violencias». La autoridad judicial determinará sus autores y circunstancias, y el Gobierno, por respeto a su independencia, no debe pronunciarse.

De acuerdo con la autopsia, la causa de la muerte de José Arregui ha sido un proceso bronconeumónico, sin que los hematomas Superficiales, las erosiones y equimosis tuvieran relación etiopatogénica con él.

Tan pronto se conoció la muerte se solicitó del fiscal instara al juzgado de instrucción competente para que se personara, y se pusieron a disposición judicial los cinco funcionarios que habían intervenido en los interrogatorios, al tiempo que se daban órdenes para que se instruyeran los correspondientes expedientes administrativos.

A juicio del Ministerio del Interior, la ley Antiterrorista es un instrumento válido, eficaz y necesario, y contiene las garantías suficientes. Ciertamente se han revelado fallos y lagunas en su aplicación que tendrán que ser corregidos en el más breve plazo posible. Ha habido fallos en los servicios sanitarios de la dirección de la policía al no hacer constar en los partes médicos la existencia de quemaduras en los pies, y ha habido fallos al no detectar el origen de las lesiones que presentaba el detenido y, sobre todo, su evolución grave.

No obstante, el Gobierno estima que podrían establecerse las siguientes garantías adicionales: certificado médico expedido por los servicios sanitarios policiales al ingresar el detenido, y remisión inmediata del mismo a la autoridad judicial, así como revisión médica diaria, con obligación de expedir certificado, que será también remitido a la autoridad judicial.

Sobre las declaraciones del director general de la Policía, deben ser enjuiciadas en su contexto general. Hay que precisar que manifestó no estar en condiciones de aventurar una hipótesis sobre las causas del fallecimiento. En todo caso, determinará la autoridad judicial que entiende el caso.

Malos tratos, casi con seguridad

En el caso Arregui, donde casi con toda seguridad se han producido malos tratos, aunque esto debe determinarlo el juez, han intervenido personas concretas, quienes, si se demuestra que han actuado con desprecio a los derechos humanos, sufrirán todo el peso de la ley, no sólo los autores, sino quienes les hayan amparado con su consentimiento o silencio.

Pero esto no puede ser instrumentado con fines políticos que puedan significar una desestabilización del Estado, la democracia y la paz civil, ni esta muerte debe suscitar la menor simpatía hacia ETA, ni debe ser utilizada para entorpecer la acción antiterrorista del Estado, ni para denigrar la actuación de las fuerzas de seguridad del Estado, ni para poner en entredicho las normas jurídicas que posibilitan la lucha antiterrorista, ni para campañas de desprestigio a personas o instituciones que no tienen relación con el hecho ocurrido.

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