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Las presiones de los funcionarios contra las incompatibilidades provocan división en los partidos

La posible regulación de las incompatibilidades de los funcionarios ha despertado una auténtica batalla con motivo de su inclusión en el proyecto de ley de Presupuestos enviado por el Gobierno al Congreso, que ha sembrado divisiones en las filas de los distintos partidos y ha trascendido a importantes colectivos de la sociedad. El exponente máximo de estas tensiones se produjo el martes en el seno de la ponencia que dictamina el proyecto de ley, al propiciar unilateralmente UCD la supresión del artículo 15 (el que regula las incompatibilidades), defendido por el Gobierno.

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Las elites burocráticas dominan el poder

Las razones aducidas por unos y otros para proceder o no a la regulación de las incompatibilidades de los Presupuestos no están exentas de racionalidad, pero ocultan el problema de fondo: la existencia de unas elites del funcionariado -un auténtico poder fáctico-, omnipresentes en todas las esferas del poder político y administrativo, que acaparan puestos y cargos en la Administración, en detrimento del desempeño de cada uno de ellos. Los bajos sueldos que perciben los cargos cualificados de la Administración se compensan con el disfrute de varios puestos o la pertenencia a consejos de administración de empresas públicas o asesorías diversas, al tiempo que el sistema favorece todo tipo de nepotismos y corruptelas.En la actualidad, los cuadros de todos los partidos, y muy especialmente los mayoritarios, están integrados en gran parte por el alto funcionariado, hasta el punto que en la polémica reunión de la ponencia del martes último (véase EL PAÍS de ayer) un diputado centrista llegó a afirmar, en relación con una enmienda socialista que amplía las incompatibilidades en cuanto a percepcic,nes de los parlamentarios, que, de aceptarse la misma, «en el Congreso no quedarían más que dos letrados y los taquígrafos».

Una tibia regulación del Gobierno

La redacción del artículo 15 del proyecto de ley de Presupuestos supone simplemente, según manifestaron fuentes del funcionariado consultadas por este diario, la ampliación de las incompatibilidades previstas por las leyes de 1964 y 1971, que se están incumpliendo de forma flagrante, a todo el sector público (consejos de administración del INI, Patrimonio y bancos oficiales, fundamentalmente). A excepción de los médicos de la Seguridad Social y la sanidad pública, que en principio son los más afectados, la redacción del artículo 15 podría afectar a algunos altos cuerpos (abogados del Estado, intendentes de Hacienda, inspectores técnicos fiscales y letrados de las Cortes y del Consejo de Estado, entre otros), a los cuerpos de Sanidad y Jurídicos del Ejército y a cuerpos menores, como los secretarios de cámaras agrarias.Asimismo afectaría a los nuevos cargos creados por las comunidades autónomas y a los de diputaciones y ayuntamientos. En cualquier caso, nadie sabe, ni la Administración ni los partidos de la oposición o los sindicatos, a cuántas personas podría afectar Miguel A. Albadalejo, presidente de la Asociación Nacional de Técnicos de Administración Civil del Estado, que se ha ocupado ex tensamente de la necesidad de afrontar la reforma de la función pública, señaló a EL PAÍS «que la mayoría de los funcionarios estaban contra las compatibilidades y el pluriempleo, pero que no es serio desprender tan importante parcela del Estatuto de la Función Pública y regularla sin una reforma parale la del sistema de retribuciones».

Incompatibilidad para los parlamentarios

Los socialistas, que también en contraron algunas reticencias internas para la presentación de su enmienda a los Presupuestos, pretenden que la incompatibilidad se extienda a los parlamentarios y a los cargos. El artículo 15 del proyecto, no así el borrador primitivo del mismo, dice que «no se podrá desempeñar simultáneamente más de un puesto de trabajo regular y continuo retribuido en la Administración». Es decir, que los cargos -una de las principales sinecuras- podrían no considerarse «trabajo regular continuo y retribuido» y quedar, por tanto, fuera de la incompatibilidad.La enmienda socialista, por otra parte, limita los casos de compatibilidad -las excepciones previstas- a dos puestos de trabajo. La incompatibilidad de los parlamentarios debe regularse, según la Constitución, mediante la ley Electoral; por ello, la enmienda socialista no se refiere más que a la incompatibilidad de percibir dos remuneraciones de la Administración, y no al desempeño de cargo público por un diputado o senador.

Mientras la Comisión Estatal de Sindicatos Médicos se felicitaba ayer por la retirada del artículo 15 del proyecto de Presupuestos y anunciaba la renuncia a las medidas de presión, las discrepancias internas en UCD y el divorcio entre el Grupo Parlamentario Centrista y el Gobierno hacen que el tema no esté resuelto de forma definitiva.

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