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Debate de la cuestión de confianza

Clavero critica la fórmula gubernamental para la autonomía andaluza

Manuel Clavero, diputado del Grupo Mixto y catedrático de Derecho Administrativo, que fue, mediante un artículo publicado en este periódico, el primer político que apuntó la idea de la vía del 144 para desbloquear el proceso autonómico andaluz, ha manifestado que la aplicación de este artículo «sólo puede conducir, conduce de hecho en este caso, al procedimiento del artículo 151. Todo lo que sea salir de aquí es de dudosa constitucionalidad».«La utilización del artículo 144 para suplir la iniciativa autonómica en este caso es posible si se hace una interpretación extensiva del apartado C de este artículo 144, interpretación que podría conducir a declarar cumplidos los trámites para la iniciativa que detalla el artículo 151, de la misma manera como se podría suplir cualquier detalle para un caso del artículo 143»

«El procedimiento de elaboración del Estatuto, explicado oralmente por el ministro Martín Villa, da a entender que no se va a seguir el procedimiento del artículo 151, sino que se va a degradar la regulación del procedimiento previsto en este artículo. Según dijo, el procedimiento sería equivalente, pero siempre será degradado, por lo que se invade el terreno de la Constitución, al crear un procedimiento al margen de ella».

«La cuestión, en lo que respecta a la posibilidad de un referéndum aprobatorio, no es esta misma posibilidad, sino que, al no tratarse del artículo 151, hay una enorme diferencia entre un referéndum de rango constitucional, como el recogido por el artículo 151, y el que se propone, que no es constitucional, sea consultivo o aprobatorio».

«La igualación de competencias con las señaladas en el artículo 151, en el caso andaluz, plantea el problema que señalé al principio. Insisto en que todo lo que sea salirse del reconocimiento de la vía de este artículo 151 es de dudosa constitucionalidad».

Han realizado la información sobre esta sesión plenaria Bonifacio de la Cuadra, Sebastián Garcia y Juan Francisco Janeiro.

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