Enseñanza y libertad religiosa
Tergiversando la información hacia sus posiciones doctrinales, se viene escribiendo en varios periódicos madrileños sobre la rescisión del contrato de los profesores salesianos del colegio de San Fernando.La determinación de esta rescisión de contrato se tomó al vencer el contrato colectivo que estos señores tenían con la diputación, suscrito con el anterior régimen.
Benévolamente, la diputación les ofreció a todos ellos suscribir un contrato individual, y ellos, colectivamente, no lo aceptaron. ¿Por qué? Es bien sencillo. Todos sabemos que cuando un señor incumple los compromisos concertados en un contrato se le despide y en paz, pero el gran problema es cómo despedir a toda una comunidad religiosa. Ellos, como nosotros, saben que la unión hace la fuerza.
El artículo 16 de nuestra Constitución garantiza la libertad religiosa y de culto a individuos y comunidades. Por tanto, es imposible creer que una comunidad religiosa, al impartir la enseñanza, pueda obrar prescindiendo de sus teorías religiosas.
¿Qué pasaría si la diputación cubriera estas plazas hoy vacantes con profesores de otras religiones opuestas a la católica? Pues que la Prensa en general se escandalizaría, y con razón.
Es corriente en estos establecimientos benéficos decir misa los domingos y días festivos. En esto se puede transigir, porque nuestro país tiene un gran porcentaje de católicos; pero en lo que no se puede es en obligar y castigar a los que no deseen oír misa ni el dárseles un trato diferente por este motivo.
Resumiendo: el respeto a todas las creencias es lo que representa verdaderamente la libertad religiosa y también la democracia.
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