_
_
_
_

Los tribunales militares no juzgarán a los civiles acusados de injurias a las FF AA

La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados dejó ayer casi concluido el dictamen del proyecto de reforma del Código de Justicia Militar. Entre los puntos más sobresalientes aprobados ayer por la mañana se encuentra la reforma del articulo 317, que en su nueva redacción sustrae de la jurisdicción militar las injurias contra los Ejércitos, instituciones, armas, clases o cuerpos determinados, salvo que el culpable «fuese militar o el hecho se produzca ante un mando en presencia de sus tropas o en acuartelamiento, recinto o lugar militar».

La aprobación de este texto supone, de hecho, la abolición de la llamada ley de Jurisdicciones, que data del mes de marzo de 1906, y que atribuyó a la competencia de la jurisdicción militar este tipo de delitos, cualquiera que fuese la persona que los cometiera.Al aprobarse el artículo en comisión, el socialista Joaquín Navarro pidió la palabra para explicación de voto y se felicitó porque «significa la ruptura con la ley de Jurisdicción y se da a las Fuerzas Armadas la posibilidad digna de abstenerse en estos procedimientos frente a los ciudadanos civiles. Con este artículo», añadió Navarro, «se vuelve a un cauce del que nunca se debió salir y se elimina el resultado calamitoso que produjo a este país la reacción habida en los primeros años del siglo, que desembocó en la ley de Jurisdicciones».

UCD contra los socialistas

Respecto del artículo 442, los socialistas intentaron que la pena de seis meses para las faltas graves que contempla el Código Militar pudiera flexibilizarse y el juez castrense pudiera tener un margen desde los dos meses de arresto hasta el máximo de seis. No prosperó la enmienda ante los argumentos de UCD.

En el artículo 595, el texto de la ponencia señalaba que «los oficiales, suboficiales y sus asimilados de los Ejércitos, cualquiera que sea el fuero del tribunal ante el que comparezcan, prestarán juramento por su honor». El segundo párrafo señalaba que las demás personas podrían optar entre el juramento en nombre de Dios o prometer por su honor.

Los socialistas consideraban discriminatorio el texto y contrario a la libertad religiosa, reconocida en la Constitución. Tras un descanso en los trabajos de la comisión, Joaquín García Romanillos, en nombre de UCD, propuso una enmienda in voce, por la que se añade al primer párrafo «o prometerán», es decir, se fija la fórmula «prestarán juramento o prometerán por su honor» para todos cuantos acudan a un tribunal militar.

Pena de muerte en caso de guerra

En el artículo 871, el socialista Joaquín Navarro pretendió que se modificase para suprimir las exigencias de publicidad y solemnidad formal que se fijan en el Código Militar para la ejecución de la pena de muerte.

Luis Vega Escandón, en nombre de UCD, se opuso, al argumentar que, puesto que la pena de muerte sólo puede aplicarse en caso de guerra y no parece, que haya ninguna perspectiva razonable de inmediatez para un conflicto armado, no era tema urgente a considerar. Añadió que se está elaborando un anteproyecto completo del nuevo Código de Justicia Militar y que ese será el momento de abordar este y otros problemas. La pretensión socialista, después de réplicas y dúplicas, fue rechazada. Prosperó, en cambio, la enmienda socialista de que en el artículo 927 se fijase la necesidad de defensor letrado en los procedimientos sumarísimos.

En principio, UCD se oponía y Luis Vega Escandón vaciló. Hubo una suspensión de cinco minutos, y el resto de la comisión de UCD, especialmente Fernando Álvarez de Miranda y Javier Moscoso, accedieron. Leopoldo Torres, en explicación de voto, aseguró que les alegraba ver que existía coincidencia entre miembros de la comisión que ya se mostraron de acuerdo en el congreso de la abogacía de León «en 1970 y en circunstancias más difíciles que ésta».

Sin embargo, no hubo igual coincidencia en el artículo 1.007. Aquí, los socialistas pretendían que se diese audiencia al interesado en los expedientes por causas leves. UCD se opuso y en la votación se abstuvo Fernando Álvarez de Miranda y Juan Luis de la Vallina, representante de Coalición Democrática.

También en el artículo 1.011 se aprobó un nuevo párrafo, a propuesta del PSOE, por el que a las causas para instruir expediente gubernativo «cuando se considere perjudicial la continuación de algún oficial o suboficial en el servicio», se añadió la de «por haber demostrado, pública y manifiestamente, una actitud contraria a la Constitución o al Jefe del Estado».

La comisión se reunirá de nuevo el martes próximo y se espera que concluya definitivamente sus trabajos, con lo que el Pleno de la próxima semana podría debatir y aprobar la reforma del Código, de forma que, tras su paso por el Senado, pueda estar vigente antes del verano y solucionar definitivamente, entre otras cosas, la situación de varios periodistas sujetos a procedimiento en la jurisdicción militar.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_