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Polémica en el Congreso sobre si prevalecerán los estatutos o la ley de Financiación de las Comunidades Autónomas

El Pleno del Congreso concluyó ayer la aprobación del proyecto de ley de financiación de las comunidades autónomas, que, dado su carácter de ley orgánica, requiere su aprobación global por mayoría absoluta de la Cámara -176 votos- en una votación prevista para hoy y que, en principio, no ofrece problemas, dado el consenso básico obtenido para esta ley entre centristas y socialistas. En el debate de ayer destacó la polémica sobre si prevalecerá la ley o el Estatuto de Autonomía respectivo, que no aparece definitivamente zanjado con el principio de la interpretación «armónica» instalado en la disposición final de la ley.

Dicha disposición final, contra la que votaron los andalucistas y se abstuvo la Minoría Catalana (obtuvo 270 votos favorables, siete en contra y ocho abstenciones), dice así: «Las normas de esta ley serán aplicables a todas las comunidades autónomas, debiendo interpretarse armónicamente con las normas contenidas en los respectivos estatutos».Por el Grupo Andalucista, Emilio Pérez Ruiz aseguró que el derecho estatal es supletorio del estatutario. En caso de conflicto, según dijo, será el estatuto el que prevalecerá sobre el derecho estatal. Sin embargo, el Grupo Andalucista retiró un texto alternativo, en el que se establecía la modificación de los estatutos en vigor, para adaptarlos a la ley de financiación de las comunidades autónomas, por estimar que sería preferible elevar el techo. autonómico de la ley hasta los niveles alcanzados por los estatutos vasco y catalán, en lugar de rebajar éstos.

El centrista Santiago Rodríguez Miranda contradijo la interpretación andalucista. Con base en la Constitución, aseguró que los estatutos no son constituciones regionales, sino leyes orgánicas, y que el derecho contenido en las restantes leyes orgánicas aprobadas por las Cortes Generales son también de aplicación a las comunidades autónomas. Estimó finalmente. en defensa de la disposición aprobada, que lo correcto es una interpretación «conjunta y, armónica» de unos y otros.

Poco antes, el ex ministro de: Hacienda, Francisco Fernández, Ordóñez ratificó también esta interpretación, al afirmar que la ley orgánica no constituye ningún derecho supletorio, según se deduce del artículo 57 de la Constitución, que no permite esta interpretación.

En la sesión de ayer se aprobaron los quince últimos artículos de la ley, así como sus disposiciones adicionales, transitorias y final. La mayoría de Ias enmiendas defendidas por andalucistas y comunistas fueron rechazadas.

Entre las escasas admitidas figura un nuevo párrafo al artículo 19, en el que se establece que los directores territoriales de la Hacienda Pública del Estado se nombrarán previa consulta al Gobierno de la comunidad autónoma respectiva. Este párrafo se aprobó por 144 votos favorables, 140 en contra y dos abstenciones, gracias al apoyo socialista a la enmienda comunista, tras un leve retoque a su texto. Los centristas se vieron sorprendidos por esta aprobación de una enmienda que no esperaban, y en el turno de explicación de voto, Santiago Rodríguez Miranda expresó la oposición de UCD a que los cargos de confianza del Estado hayan de nombrarse previa consulta a la comunidad autónoma de que se trate. Abogó por una clara diferenciación de la Administración pública central y autonómica.

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Otra enmienda incorporada como consecuencia de una propuesta transaccional de los Socialistas de Cataluña fue la inicialmente propuesta por los andalucistas. En el artículo trece se establece que las comunidades autónomas dispondrán de un porcentaje de participación en la recaudación de los impuestos estatales no cedidos, que se negociará con base en el coeficiente de población y en el coeficiente de esfuerzo fiscal del impuesto de las personas físicas, entre otras bases. El texto aprobado por la comisión hablaba del coeficiente de esfuerzo fiscal de «la imposición directa».

Entre las intervenciones que se produjeron durante las casi tres horas de debate; destaca la cuantificación hecha por el, socialista catalán Ernest Lluch sobre el total de impuestos cedidos por el Estado a las comunidades autónomas para 1980, en caso de que la ley estuviera en este momento en vigor. Señaló que la cifra superaba los 275.000 millones de pesetas, cantidad superior al 25% de gasto público descentralizable, por lo que valoró la ley como una pieza importante para la construcción de las autonomías.

Entre las enmiendas de Coalición Democrática rechazadas figura una por la que se pretendía establecer qué mediante ley se fijara la cuantía máxima que las comunidades autónomas podrán establecer como recargos sobre los impuestos estatales cedidos. Alfonso Osorio apeló al principio de solidaridad y a la necesidad de que el Parlamento se reserve el derecho a fijar dicho tope máximo. Por UCD, Perfecto Yebra manifestó que ello iría contra el principio de que las comunidades autónomas se otorguen sus propias normas. La enmienda fue rechazada por 269 votos en contra, nueve a favor y tres abstenciones.

En el artículo quince se produjo la* votación relativamente insólita de la Minoría Catalana, el Grupo Andalucista y el Comunista, unidos frente a los demás grupos. Se trataba de una enmienda comunista que defendió Ramón Tamames y según la cual se pretendía suprimir determinados condicionamientos para las operaciones de crédito de las comunidades autónomas por plazo superior a un año. El texto aprobado señala, entre los condicionamientos citados, que el importe total de las anualidades de amortización, por capital e intereses, no exceda del 25% de los ingresos corrientes de la comunidad autónoma. El señor Tamames pidió que se suprimiera ese techo. El andalucista Emilio Pérez Ruiz consideró que el tope citado constituye una discriminación para los próximos estatutos autonómicos, ya que en el de Cataluña nada se dice sobre topes.

Santiago Rodríguez Miranda aludió al principio de la armonización de la ley y del estatuto, por lo que Miguel Roca, en nombre de la Minoría Catalana, explicó el voto contrario al texto aprobado de su grupo «porque nos da miedo la interpretación armónica».

Debate sobre el trasvase Tajo-Segura

A continuación, el Pleno del Congreso rechazó una enmienda a la totalidad defendida en nombre del Grupo Comunista por el diputado Antonio Palomares al proyecto de regulación del régimen económico y de la explotación del acueducto Tajo-Segura. La enmienda tuvo veintiocho votos favorables, 139 negativos y 111 abstenciones, del Grupo Socialista.

Palomares, por los comunistas, y Luis Gómez Angulo, en nombre de UCD, mantuvieron extensas intervenciones y la de este último terminó con protestas de los bancos socialistas por una alusión al Ayuntamiento y a la Diputación de Madrid.

Javier Sáenz Cosculluela, en nombre de los socialistas, intervino para señalar que quienes han iniciado el plan de saneamiento integral de Madrid han sido los miembros del ayuntamiento democrático y que la penosa situación creada para los habitantes de Toledo por el vertido de residuos al Tajo desde Madrid es consecuencia de la ausencia total de preocupación por parte de quienes antes se sentaron en las Cortes franquistas.

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