Confirmado el triunfo del referéndum andaluz en la provincia de Jaén
Los términos de las sentencias de la Audiencia Territorial de Granada sobre los recursos contenciosos-electorales presentados contra el escrutinio del referéndum andaluz fueron dados ayer a conocer públicamente y han confirmado la información adelantada por EL PAIS respecto al resultado positivo de la consulta en la provincia de Jaén.
La sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia granadina ha admitido como válidos los votos emitidos en sobres con dos o tres papeletas del mismo signo, que habían sido computados en su momento como nulos por la Junta Electoral Provincial. La sentencia señala que, en virtud de este razonamiento, se corrigen los resultados provisionales del referéndum en Jaén, de manera que el número de sufragios afirmativos supera el 50% más uno del censo (50,07%, según estimaciones de los partidos de izquierda), según exige la ley orgánica de Referéndum.
No ocurre lo mismo en la provincia de Almería, donde, a pesar de haber sido, aceptada la corrección de errores en el escrutinio de la Junta Electoral Provincial, el incremento experimentado en el porcentaje de votos afirmativos sólo es suficiente para alcanzar el 47% del censo. El fallo desestima, por otro lado, la petición de los partidos recurrentes (PSOE, PCÁ y PSA) para que se realice una nueva consulta en la provincia almeriense, una vez corregido y puesto al día el censo electoral. La vía autonómica del artículo 151 de la Constitución ha quedado, pues, definitivamente cerrada en Andalucía, al ser las sentencias de la Audiencia Territorial de Granada de carácter inapelable.
Respecto a los resultados de la provincia de Granada, la sala de lo contencioso-administrativo ha desestimado el recurso interpuesto por UCD contra los mismos, ratificando los resultados hechos públicos en su día por la Junta Electoral Provincial.
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