Publicados los criterios objetivos para la expropiación de fincas manifiestamente mejorables
Los criterios que servirán para determinar si una finca rústica es manifiestamente mejorable son que el índice de ocupación de mano de obra fija no llegue al 80% del valor normal aplicable, que el índice de utilización de la tierra no alcance el 80% del nivel normal y que el índice de producción no alcance, análogamente, el 70%, según establece una orden del Ministerio de Agricultura aparecida ayer en el BOE, que desarrolla la ley de 16 de noviembre de 1979.Para la calificación de fincas manifiestamente mejorables se han tenido en cuenta, pues, el nivel de empleo, la intensidad en la utilización de la tierra y las producciones obtenidas. Estas condiciones se evaluarán mediante índices que vendrán reflejados respectivamente por el número de obreros fijos ocupados por hectárea, porcentaje de la superficie cultivable que esté realmente cultivada o, en su caso, número de, cabezas de ganado mantenidas por hectárea de pastos, y la cantidad en pesetas, de la producción bruta obtenida por hectárea cultivada o, también, en su caso, por cabeza de ganado.
Esta orden será de aplicación a todas aquellas fincas de regadío mayores de cincuenta hectáreas o de secano mayores de quinientas que no cumplan las mencionadas condiciones de explotación, y en todas aquellas que de modo manifiesto no se aprovechen correctamente los medios o recursos disponibles, como consecuencia de obras construidas o auxiliadas por el Estado u otros entes públicos.
Cuando se compruebe que una finca puede ser considerada, en base a estos criterios, como manifiestamente mejorable, se requerirá a sus propietarios para que realicen en el plazo de dos meses un plan de explotación y mejora., Si no se presenta, o la Administración lo rechazara por considerarlo insuficiente, es ésta quien debería elaborarlo en un plazo similar. Si no hubiera avenencia entre las partes, el Ministerio de Agricultura abrirá el correspondiente expediente para su tramitación y resolución, tras otro periodo de quince días para el estudio de fórmulas de compromiso.
El Ministerio de Agricultura trabaja actualmente sobre más de cincuenta fincas de Andalucía y Extremadura que, según parece, no cumplen claramente los criterios mencionados. Fuentes de este departamento han asegurado que, presumiblemente en unas pocas semanas, puede haber ya requerimientos para los propietarios.
El Ministerio de Agricultura publica la orden once días más tarde de la fecha a la que se había comprometido. Pretende con ella que la tierra cumpla la función social que le corresponde, propiciando unos buenos usos agrícolas que expresen la forma en que debe ser ordenado adecuadamente el empleo y correctamente utilizados los recursos naturales.
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