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Sobre la libertad religiosa

« ... ) Frente a la actitud sinceramente conciliar de los obispos españoles fue el mundo político el que se resistió a seguir el camino marcado por el Concilio; obligado a recoger el concepto de libertad religiosa en el ordenamiento civil, redactó en 1967 una ley encogida y tacaña: la lectura de las enmiendas a la totalidad y a puntos del articulado produce hoy la extraña sensación de que los procuradores en Cortes pretendían salvar a la Iglesia de los peligros en que la habían metido los sucesores de los apóstoles.En esta semana, los parlamentarios abordan el texto de una nueva ley, cuyo borrador fue consultado con representantes de las diferentes confesiones y en que parece haber también algún acuerdo de principio entre los sectores políticos. No se debería perder otra vez el tren de la Historia. cuando toda la Europa libre tiene resuelta la paz religiosa una de las bases fundamentales de la paz ciudadana.

No hubiera sido necesario que en el artículo séptimo del proyecto se mencione a la Iglesia católica, entre otras cosas porque ya está mencionada como un factor social insoslayable en la Constitución. Esta ley será, en definitiva, tanto más favorable a la Iglesia católica si el favor no tiene carácter privilegiado y a todos se concede lo que a ella. No hay por qué establecer una preferencia aparente, de simple redacción, si lo que se busca es una situación sin preferencias reales. Por otra parte, decir que el Estado "deberá" establecer acuerdos con ella y con otras confesiones resulta literalmente "anacrónico" después de los acuerdos con la Santa Sede, y "`debe" depender de la voluntad libre de las confesiones aludidas, que "podrán" establecer acuerdos con el Estado sólo si lo desean. » , 25 de marzo

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