Se consagra la libertad de los centros privados para establecer su ideario educativo
El ideario educativo volvió a ocupar ayer al Pleno del Congreso, que dedicó casi toda la mañana a debatir el artículo 34, que reconoce a los titulares de los centros privados el derecho a establecer ese ideario educativo propio, dentro del respeto a los principios y declaraciones de la Constitución. El texto fue aprobado con la oposición de comunistas y socialistas.
Abrió el turno Manuel Gracia, por el Grupo Socialista del Congreso, y comenzó por afirmar que «este artículo 34 constituye uno de los motivos básicos, radicales, de desacuerdo con esta ley. Se podría decir que, junto a los artículos 5 y 15, este artículo 34 constituye uno de los argumentos de fondo más importantes para nuestra oposición a esta ley».Para el diputado socialista, el ideario, de acuerdo con el diccionario, no es sino el «repertorio de ideas de un autor», de forma que, en este caso será, dijo, el repertorio de ideas del propietario del centro. Ideario educativo, añadió, no es sinónimo de proyecto educativo, porque una cosa es ideario -inalterable por definición- y otra el proyecto educativo, que puede variarse.
En ningún ideario de los vigentes, siguió el diputado socialista, se da la más mínima oportunidad a la comunidad escolar para variarle. «Se nos dirá», prosiguió, «que la libertad está justamente en poder ,elegir el centro que presente el ideario más acorde con las preferencias de cada uno, pero esto es insostenible en la realidad, porque, barrio por barrio y pueblo por pueblo, no habrá posibilidad de tal elección. »
Además, dijo Gracia, la elección, en todo caso, exige información previa; información que, incluso, debiera estar subvencionada por el Estado, y como esa información no se dará, tampoco habrá condiciones iguales para elegir.
«Se nos ha dicho», aseguró en otro momento el representante socialista, «que participar es tomar parte en. De acuerdo, pero tomar parte en algo, porque, cuando la última decisión la tiene el propietario del centro, ya no hay nada en que participar.»
Concluyó su intervención señalando que «si no hay condiciones de igualdad, si no hay satisfacción plena de las necesidades educativas, si no queremos que la escuela surgida del dinero de todos sirva al adoctrinamiento y al proselitismo de los pocos, para que eso no sea así, los socialistas proponemos y seguiremos proponiendo la defensa de la libertad de todos desde la igualdad de todos».
Contestó, en nombre de UCD, Miguel Herrero de Miñón, quien comenzó por preguntarse qué es el ideario, y respondió que, indudablemente, un sistema coherente de ideas o principios generales destinados a engendrar o dirigir un proyecto de enseñanza. Supone, añadió, unos valores procedentes de la visión más o menos completa, coherente y total que se tenga sobre el hombre y el mundo y unos principios y objetivos educativos derivados de esos valores.
Herrero de Miñón explicó que hay idearios patentes y también latentes. «Mientras el ideario patente se da a conocer y se ofrece como idea-fuerza de una institución, la creada por la adhesión que a este ideario hace la comunidad educativa, el ideario latente es, como la palabra no dicha, la palabra que se corrompe y es, además, capaz de corromper. »
Citó luego ejemplos internacionales referidos a Estados Unidos, Francia, Alemania e Italia que, según él, apoyaban la misma tesis que UCD.
Hubo después turnos de rectificación a cargo del socialista Gracia y de Gómez Llorente, por alusiones. Replicó también el propio Herrero de Miñón e intervinieron más tarde la comunist qEulalia Vintró, que afirmó convencimiento de que «se trata de garantizar económica e ideológicamente la libertad de los patronos»; intervino también el representante del Partido Regionalista Aragonés, Hipólito Gómez de las Roces, que defendió el texto. Marta Mata, por los Socialistas de Cataluña, volvió a atacarlo, y tras las réplicas correspondientes, fueron derrotadas todas las enmiendas socialistas y comunistas y en el texto resultó definitivamente aprobado el artículo 34 con el reconocimiento del derecho a establecer el ideario educativo en los centros privados.
La sesión había comenzado con el debate del artículo 31, último de los que regulan los centros públicos, y en el que se admitió una enmienda del Grupo Comunista, de forma que los órganos colegiados que establece el Estatuto habrán de reunirse no sólo una vez por trimestre, sino también a principio y a final de curso.
Las enmiendas a los artículos 32 y 33, que regulan la capacidad para crear, gestionar y dirigir centros docentes y la apertura y funcionamiento de estos centros fueron también rechazadas.
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