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Quieren compensar expropiaciones de Madrid con un aumento de volúmenes en Alcobendas

Cuando fue construido el nudo norte que enlaza la avenida del Generalísimo con las carreteras de Colmenar y de Burgos y la Ciudad Sanitaria La Paz, se hizo necesario expropiar el terreno sobre el que había de situarse dicho enlace. Sin embargo, aunque la expropiación era imprescindible, la Administración no disponía del dinero suficiente para pagarla.

La solución que permitió la construcción del nudo y el aplazamiento del pago de la expropiación consistió en reconocer la existencia de una deuda a las cuatro empresas propietarias del terreno y la promesa de que esa deuda sería pagada en volumen de edificabilidad en otra zona.Ahora parece llegado el momento de pagar esa deuda. Pero no corresponde en absoluto el compromiso adquirido en su día con lo que ahora las empresas acreedoras -Plaza Norte, Mag-, num, Ibys y Ego- pretenden cobrar. Y tampoco se corresponde con lo que la Administración (Coplaco) se muestra dispuesta a pagar. La deuda contraída en el momento de la expropiación, en forma de volumen de edificabilidad, era de 198.006 metros cúbicos. Ahora se ha presentado factura -en forma de dos planes parciales- que supone una edificabilidad total de 648.402 metros cúbicos, la mayor parte de los cuales se sitúan dentro del término municipal de Alcobendas, quedando el resto en Madrid.

La Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid (Coplaco) se ocupó extensamente de este tema en la reunión que celebró el día 18 de diciembre de 1978. En dicha reunión se tomaron dos acuerdos distintos que hacían referencia al mismo, uno con respecto al terreno afectado dentro del término municipal de Madrid, y otro al que se incluía dentro del de Alcobendas.

El primero de ellos, con un volumen de edificabilidad reconocido de 164.402 metros cúbicos, propiedad de Plaza Norte, SA, y Ego, SA, situado en la urbanización El Encinar de la Moraleja, no parece tener, según los informes técnicos redactados al efecto, excesivos problemas.

Demasiados intereses

Donde sí aparecen los problemas es en el terreno situado dentro del término municipal de Alcobendas, lindante con el anterior y formando parte de la misma urbanización. En este caso, el volumen que se le reconoce es de 484.000 metros cúbicos, y la propiedad corresponde a Plaza Norte, SA; Magnum, SA, e Ibys, SA.Sin embargo, para que el reconocimiento de ese volumen sea posible se hace necesario que sea modificado el Plan General de Ordenación del Area Metropolitana en lo que afecta a ese suelo. El citado Plan General lo califica como rústico- forestal, lo que equivale a otorgarle una edificabilidad de 0,2 metros cúbicos por metro cuadrado. Pero el acuerdo tomado por Coplaco en diciembre de 1978 consiste en modificar el Plan General y atribuirle una ediricabilidad muy superior: un metro cúbico por cada metro cuadrado de terreno.

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Por otra parte, el terreno en cuestión está situado entre dos carreteras nacionales, la N-I y la NR-I, lo que equivale a decir que tiene el tratamiento de protección de carreteras. A pesar de ello, en el plan parcial presentado se pretende la construcción de oficinas, para darle una mayor rentabilidad al terreno, en contra de lo que establece ese tratamiento proteccionista. Además, no es posible realizar en ese terreno nuevas parcelaciones, por estar expresamente prohibido en esa protección de carreteras, en lo referido a las radiales.

El Ayuntamiento de Alcobendas no parece excesivamente dispuesto a transigir con que dentro de su municipio se aumente indiscriminadamente la construcción de nueva planta, lo que le supondría la responsabilidad de dotar a esas nuevas viviendas de la infraestructura -por ejemplo, de transporte- que hoy no existe, y que es imprescindible.

Frente a las posturas que se oponen a la aprobación del plan parcial presentado no falta la que asegura que esto no supondría más que «pagar los intereses de una deuda contraída hace ya muchos años», aunque pueden ser «demasiados intereses».

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