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Aprobados los diecisiete primeros artículos del proyecto de ley de bases de la defensa nacional

La Comisión de Defensa del Congreso, que preside el centrista Alberto Oliart, aprobó ayer los diecisiete primeros artículos de los cuarenta de que consta el proyecto de ley orgánica por la que se regulan los criterios básicos de la defensa nacional de la organización militar. La fiscalización por parte de las Cortes del plan estratégico conjunto y del objetivo de fuerza conjunto, constituye ron el debate más importante y, finalmente, prevaleció la tesis de UCD, de forma que esta fiscalización ha quedado excluida.

La sesión comenzó con una enmienda a la totalidad por parte del diputado comunista Simón Sánchez Montero, en la que advirtió que no deseaba que se devolviese el proyecto al Gobierno, sino únicamente que se perfeccionase en una serie de puntos concretos: un marco general que vincule la política exterior con la de defensa; competencias para las Cortes en los diferentes aspectos de esta política; atribuciones al Ministerio del Interior en lo referente a política de defensa y protección civil; ligazón entre la organización político-administrativa del territorio y las circunscripciones militares; política de armamento; investigación científica y técnica; relación entre defensa territorial y política de reservas; política de movilización; de mandos unificados, y principios orientadores de la enseñanza militar.Por parte de Unión de Centro Democrático (UCD), el diputado Guillermo Medina respondió que la enmienda comunista se había formulado sin tener en cuenta el calendario de desarrollo legislativo que ha presentado el propio Ministerio de Defensa, a través de cuyos proyectos se desarrollan y se contemplan el conjunto de los aspectos que destacaba la enmienda comunista. La enmienda a la totalidad fue rechazada con la abstención del representante andalucista.

Enrique Múgica, en nombre del Grupo Socialista del Congreso, anunció que a la vista de las mejoras que el proyecto ha tenido en el trabajo de la ponencia, «aunque el esqueleto no permite una completa perfectibilidad » y que el Ministerio de Defensa «parece que, respondiendo a nuestras demandas» ha presentado un calendario legislativo, habían decidido retirar la enmienda a la totalidad que habían presentado.

El artículo primero se aprobó por unanimidad y en él se establece que «la defensa y la organización de las Fuerzas Armadas son competencia exclusiva del Estado ».

En el artículo segundo, los comunistas intentaron por una parte que la referencia a «cualquier forma de agresión» fuese sustituida por «cualquier forma de agresión exterior», argumentando que los ataques interiores, y concretamente el terrorismo como peligro agudo de este momento, no corresponde a la defensa nacional y son otras leyes y otras fuerzas las que deben defender tales amenazas.

Sánchez Montero:

"No a la capitulación"

Intentó también Sánchez Montero la defensa de una enmienda por la que se incluyese un párrafo en el que se prohibiera de manera expresa la firma de cualquier tipo de capitulación, argumentando que las reales ordenanzas hacen mención a la moral de lucha hasta conseguir la victoria, que en el juramento a la bandera se promete derramar hasta la última gota de sangre si fuese preciso, y trajo a colación el ejemplo histórico de las capitulaciones del mariscal Petain frente a la actitud de De Gaulle que permitió mantener la resistencia.

De nuevo, Medina se opuso a ambas pretensiones y, en concreto, respecto de esta última, argumentó que si se aceptase resultaría que el Rey podría llegar a cometer ún delito de alta traición -esta era la pretensión de la redacción propuesta por los comunistas- si firmase con autorización de las Cortes algún acuerdo de paz previsto en el texto constitucional. Todos los miembros de la comisión, excepto los dos representantes comunistas, votaron en contra de las dos enmiendas.

Fue respecto al artículo quinto bis cuando se promovió el debate más intenso. En resumen, los socialistas proponían, primero por boca de Julio Busquets, que las Cortes deben aprobar el Objetivo de Fuerza Conjunto. Explicó que Antonio Jiménez Blanco, por UCD, había argumentado que se trata de un plan secreto, pero que ellos no lo entienden así, y que por lo mismo que no piden que se presente el plan estratégico conjunto, porque en él se habla del despliegue de las fuerzas y de las posibles zonas de ataque por parte del enemigo, el objetivo de fuerza no tiene nada que ver con esos planteamientos y puede ser conocido por las Cortes.

Luis Solana insistió en la misma tesis y aseguraba que el texto de la ley «nos propone un desfile militar», pero tal cosa no interesa a los socialistas. «La revista Ejército», recordó, «viene publicando desde hace años la situación estadística de nuestras Fuerzas Armadas, ¿cómo es posible entonces»,-se preguntó, «afirmar que se trata de un secreto?»

Cuatrecasas, por la Minoría Catalana, entendía que en la expresión contenida en el artículo de que las Cortes «debatirán las líneas generales de la política de Defensa» están ya incluidos los aspectos que señalaban los socialistas y no era necesario entrar en este momento en mayores precisiones, de forma que suscribían íntegramente el texto de la ponencia. La enmienda socialista fue definitivamente rechazada.

El resto de las enmiendas que se debatieron fueron, en general, cuestiones de matiz, y quedó aparcado el artículo 11 para buscar una redacción nueva y evitar una repetición en el texto del proyecto a la hora de definir a los jefes del Estado Mayor de los tres Ejércitos. La Comisión volverá a reunirse el próximo miércoles día 27.

Nota comunista

A primera hora de la tarde, el Grupo parlamentario Comunista facilitó un comunicado en el que afirma que estima como prioritario el estudio y discusión de la ley orgánica de la Defensa y Organización Militar para alcanzar el máximo grado de unificación entre los tres Ejércitos, y sobre todo, la urgencia de la reforma del Código de Justicia Militar, «cuyo retraso puede dar pie, y de hecho ya ha ocurrido, a embarazosas situaciones creadas por la intervención de los tribunales militares en asuntos ajenos a su competencia jurisdiccional».

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