Derechos de autor / y 2
La programación de Radiotelevisión genera dos tipos de derechos de autor, los denominados pequeño derecho y gran derecho. El pequeño derecho -probablemente se adoptará, en el futuro, la denominación «derechos generales»- corresponde a obras no dramáticas: canciones, bailes, números de variedades, etcétera. Las emisoras de radio y televisión en vez de solicitar autorización directa de los autores para emitir cada obra, procedimiento que sería harto difícil, obtienen un permiso de carácter general para manejar todo el repertorio de las Sociedades de Autores. La Sociedad General de Autores de España (SGAE) representa actualmente a unos 23.000 autores españoles y a todos los autores extranjeros, a través de contratos de reciprocidad con las otras sociedades de autores. Cada autor percibe, en la actualidad, unas 1.700 pesetas por minuto radiado o televisado por las emisoras de RNE y TVE, incluido un canon especial que abonan a SGAE determinados establecimientos (bares, cafeterías, restaurantes, hoteles, etcétera) que tienen instalados receptores de televisión. Estas cuantías oscilan entre sesenta y 3.000 pesetas mensuales, según la categoría del establecimiento. SGAE recauda en toda España, en concepto de pequeño derecho, en cifras redondas, 3.000 millones de pesetas anuales, según informaron a EL PAÍS Emilfio Matínez Jiménez, Alfredo García Segura y Juan José Alonso Millán, director general, director adjunto y vicepresidente, respectivamente, de SGAE. RTVE, que es «la mayor empresa informativa y de espéctáculo del país» (como se autodefinió en el programa Televisión, hoy, del pasado martes día 12 de febrero), aportó en 1978 tan sólo 32 miloories a la recaudación global de 3.000 millones de pesetas.El gran derecho es aquel que corresponde a los autores de obras dramáticas, lírico-dramáticas, ballet, oratorios, mimos, zarzuelas, obras cinematográficas, adaptadores, traductores, etcétera. El gran derecho exige autorización previa de los propietarios intelectuales para la realización o adaptación de sus obras y posterior comunicación pública, hecho que no siempre respeta RTVE. «Su cuantía económica nunca es prohibitiva para RTVE», dice Emilio Martínez Jiménez, y podría establecerse en torno a las 100.000 pesetas por término medio, una sexta parte de lo que suelen abonar las televisiones europeas.
Las tensas relaciones entre RTVE y SGAE, y la no renovación del contrato caducado en diciembre de 1978, se deben a que SGAE ya no pide una determinada cantidad a tanto alzado por el pequeño derecho (32 millones de pesetas en 1978), sino un porcentaje sobre los ingresos de publicidad de RTVE. «Los directivos de RTVE abrieron unos ojos así de grandes. Lo extraño es que RTVE, siendo como es miembro de la Unión Europea de Radiodifusión (UER), desconozca que esta es una práctica habitual en las demás televisiones», afirma el señor Martínez Jiménez. La Sociedad Italiana de Autores y Editores (SIAE) percibe de la Radiotelevisión Italiana (RAI) el 4,9% de los ingresos de publicidad y las tasas por tenencia y disfrute de televisores. La sociedad homóloga francesa (SACEM) percibe de la Radiotelevisión Francesa el 4,1 % de los ingresos de publicidad y tasas por receptor; la sociedad alemana, GEMA, el 4,6% por el mismo concepto, y la británica, PRS, el 2%.
En España, SGAE pide ahora a RTVE el 3,75% de sus ingresos de publicidad, cantidad que, según los directivos de la citada Sooiedad, es similar a la que abonan las emisoras privadas de radio. De acuerdo con estas pretensiones, la Sociedad General de Autores de España, calculando que los ingresos de publicidad de RTVE durante 1979 se, cifran en torno a los 20.000 millones de pesetas, percibirá en concepto de derechos de autor unos 519 millones de pesetas, cantidad muy distante de los 32 millones de pesetas percibidos en 1978.
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