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La "ética" podría ser causa de objeción de conciencia

El anteproyecto de ley que regula la objeción de conciencia y las normas para prestar un servicio social en sustitución del militar, que el pasado día 11 aprobó el Consejo de Ministros y acordó remitir a las Cortes, introduce el concepto de ética (junto al ya habitual de religión) como causa eximente del servicio militar.El citado texto legal, al que ha tenido acceso EL PAÍS, consta de doce artículos, dos disposiciones finales, otras dos transitorias y una última derogatoria, por la que quedaría abolido el real decreto de 23 de diciembre de 1976, que reconocía la objeción de conciencia únicamente por motivos religiosos.

En el preámbulo del anteproyecto se reconoce explícitamente la objeción de conciencia como una de las causas de exención del servicio militar obligatorio y se sustituye por una prestación social obligatoria «nunca más beneficiosa que la aplicada a quienes cumplen el servicio militar».

Para acceder al reconocimiento oficial de objetor de conciencia habrá que presentar los documentos en que se funda tal petición, para probar las «profundas convicciones religiosas o éticas» por las que una persona se niega a tomar las armas. Esta norma únicamente será válida en tiempos de paz. Las prestaciones sustitutorias tendrán una duración exactamente igual al doble del tiempo establecido para el servicio militar, y los objetores de conciencia podrán ser destinados a tareas de conservación del medio ambiente (extinción de incendios y limpieza de montes fundamentalmente), servicios sociales sanitarios y «otras actividades de interés nacional», sobre las que tendrán prioridad aquellos servicios «con insuficiencia de personal o donde resulte inadecuado acudir al empleo remunerado».

Los objetores, reserva para catástrofes

De la misma manera que las personas que cumplen servicio militar pasan después al período de reserva durante un determinado número de años, igualmente ocurrirá con los objetores de conciencia, en cuya situación podrán ser llamados por el Gobierno a prestar servicio en el caso de catástrofes o calamidades públicas. Tendrán igual derecho -sigue diciendo la ley- al mismo haber en mano y alimentos, vestuario, transporte y seguridad social que los reclutas, y también a la reserva del puesto de trabajo que hubieron de abandonar para acudir a la prestación social. A partir de este momento, no podrán tomar parte activa en política o en movimientos sindicales (sí tendrán derecho al voto) y seguirán con el mero mantenimiento de su anterior carné político o sindical.Las tareas relacionadas con el cumplimiento de esta ley serán encomendadas a una entidad que se creará en su momento, denominada Comisión Nacional de Objeción de Conciencia, y no dependerá de ningún organismo militar, sino que estará directamente a las órdenes de la Presidencia del Gobierno. Finalmente, la ley establece, entre otras cosas, que a quienes estén o hayan estado en prisión preventiva por causa de la objeción de conciencia se les descontará del tiempo de prestación social todos los meses que hubieren estado en la cárcel.

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