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TRIBUNALES

Varias procesadas por aborto, condenadas a penas inferiores a las solicitadas

Penas sustancialmente inferiores a las solicitadas por el ministerio fiscal han sido impuestas por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid a las nueve personas, ocho mujeres y un hombre, que fueron juzgadas a puerta cerrada el pasado día 28 de noviembre como presuntas autoras de varios delitos de aborto.

La principal acusada, R. A. S., de 57 años de edad, auxiliar de clínica, ha sido condenada por dos delitos de aborto causado, por un delito imposible de aborto causado y por un delito de lesiones menos graves a un total de doce años de privación de libertad y a veintidós de inhabilitación especial. El ministerio fiscal había solicitado un total de veintiocho años de privación de libertad y varias decenas de años de inhabilitación especial. La reducción de las penas impuestas se debe a haber rebajado el tribunal en un grado las penas solicitadas por el fiscal y no haber estimado probado el embarazo de dos de las mujeres sobre las que se ejerció el intento de aborto.A las dos mujeres, F. G. Z. y B. J. L., que consintieron en abortar, el tribunal ha impuesto sendas penas de seis meses y un día de prisión y de seis años y un día de inhabilitación, mientras que el ministerio fiscal había solicitado para cada una de ellas un año. de prisión menor. J. L. S. J. y M. V. P., por su parte, han sido condenados, el primero por un delito imposible de aborto causado, y la segunda ,por un delito imposible de aborto consentido, a sendas multas de 20.000 pesetas o a veinte días de arresto sustitutorio en caso de impago. El fiscal había solicitado penas de un año de prisión y seis años de inhabilitación para cada uno de los dos procesados. Finalmente, T. S. B. ha sido condenada, como cómplice, a dos penas de 20.000 pesetas.

Según el relato de hechos, la procesada R. A. S. recibió en el mes de noviembre de 1975 la visita de la también procesada B. J. L., quien la puso en contacto con F. G. Z., casada y con cuatro hijos, quien le dijo había tenido una falta en su menstruación y estaba asustada por lo mal que lo había pasado en los anteriores embarazos. Pidió a R. A. S. que le ayudase a abortar, lo que ésta efectivamente hizo, mediante la introducción de una sonda en la vagina. El esposo de F. G. Z. ignoraba los hechos y el estado económico de la familia ofrecía dificultades.

En febrero de 1977, la procesada F. R. C., que ha sido absuelta, ante el temor de encontrarse embarazada, se puso en contacto con R. A. S., y ésta le puso una inyección de duoginón, volviéndole el período a los pocos días. El marido de F. R. C., que es ayudante de albañil, ignoraba la situación de su esposa. La situación económica de la familia, debido a los tres hijos que tienen, es precaria.

En mayo de 1977, la procesada M. V. P., casada y con cuatro hijos, comunicó a su esposo su temor de estar embarazada. Este se puso en contacto con R. A.S., quien practicó a F. R. C. distintas manipulaciones en la vagina, con la introducción de una sonda, sin que conste el resultado ni la realidad de¡ embarazo temido. Debido al número de hijos, la familia tenía problemas económicos.

En el mes de julio de 1977, la procesada y también absuelta C. E. R., de nacionalidad hondureña, soltera, se creyó embarazada por haber tenido dos faltas menstruales, por lo que se puso en contacto con R. A. S. para producir la muerte del feto. Se realizaron a tal fin algunas exploraciones, pero éstas quedaron interrumpidas por acuerdo de ambas.

Finalmente, a mediados de junio de 1977, la procesada B. J. L., casada y con tres hijos, cuando se encontraba embarazada de dos meses, y debido a lo mal que lo había pasado en los anteriores embarazos, decidió interrumpir su embarazo, decidió Se puso en contacto con R. A. S., y ésta le introdujo una sonda en la vagina, lo que produjo la muerte del feto y también una gran infección intrauterina en B. J. L., quien necesitó diecisiete días de curación.

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