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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El Gobierno, de nuevo contra la Constitución

NO RESULTA fácilmente comprensible, y menos aún disculpable, la insistente perseverancia con la que el Gobierno bordea el terreno de la inconstitucionalidad o lo pisa abiertamente en lo que se refiere a las garantías y derechos individuales reconocidos en el título I de la Constitución.Cuando todavía no se había cumplido un mes de la sanción del texto fundamental, el decreto-ley de Seguridad Ciudadana, promulgado aprisa y corriendo, con objetivos claramente electoralistas, malamente pudo soportar las críticas que denunciaban su carácter inconstitucional. Ahora, en fechas cercanas al primer aniversario del referéndum constitucional, el Boletín Oficial del Estado publica un nuevo decreto-ley que no sólo prorroga durante un año la ley Antiterrorista de 4 de diciembre de 1978, sino que, además, amplía de forma más bien exótica el ámbito de competencias de la Audiencia Nacional. Si el decreto-ley de 28 de enero de 1979 sólo pudo salvar la cara de su constitucionalidad en el Congreso mediante la disciplina de voto de UCD, algunos gramos de cinismo y varios kilos de sofismas, la reincidencia del Gobierno en proseguir por ese camino es ya un inútil escándalo. Además, y dicho sea de paso, porque, como era previsible, la ley Antiterrorista no ha servido para nada a la hora de luchar contra la violencia política en este país. El artículo 86 de la Constitución condiciona la utilización de decretos-leyes a casos de «extraordinaria y urgente necesidad» y prohíbe explícita y taxativamente su promulgación cuando afecten «a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, regulados en el título I». El nuevo decreto-ley prorroga la vigencia de una ley que establece recortes sustanciales al habeas corpus, la inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones postales, telefónicas y telegráficas, garantizados por los artículos 17 y 18 del título I de la Constitución. Esa norma ,tan galantemente obsequiada con la prórroga de un año fijaba, en la primera de sus disposiciones finales, que su vigencia sería de un año a partir de su promulgación, sin hacer la menor referencia a la posibilidad de una propina de tiempo supletorio.

¿Se puede concebir una decisión más arbitraria que la conculcación por el Gobierno de la normativa establecida en el artículo 86 de la Constitución para la promulgación de los decretos-leyes y una actitud más despreciativa hacia la tarea de la anterior legislatura, igualmente controlada por UCD, que la violación de la expresa voluntad de limitar a un año la vigencia de una ley? Ya lo creemos que sí. Porque ese mismo decreto-ley incluye, sin venir a cuento, una generosa ampliación de las competencias de la Audiencia Nacional en cuestiones tan poco emparentadas con el terrorismo como la falsificación de moneda, la prostitución organizada, el escándalo público producido por películas pornográficas y el tráfico de drogas. Si bien esta modificación de lindes jurisdiccionales corresponde a la ley orgánica del Poder Judicial, cuyo proyecto ha sido ya enviado a las Cortes, el Gobierno ha tenido a bien considerar «de extraordinaria y urgente necesidad» el despojar a los jueces naturales y a las audiencias provinciales de ese, al parecer, explosivo paquete de competencias.

Sin duda, la razón de esa prórroga mediante un improcedente decreto-ley es que al Gobierno se le fue el santo al cielo a la hora de señalar las prioridades de su calendario legislativo y no reparó en que la ley de Seguridad Ciudadana entraría en vigor después de que hubiera dejado de estarlo la llamada ley Antiterrorista. No deja de resultar sorprendente que un partido como UCD, que presume de contar con tos mejores expertos en derecho, y que, desprecia a sus adversarios por la deficiente técnica de sus proyectos de ley, haya batido en esta ocasión todas las marcas de chapucería jurídica, Pero lo más lamentable es que UCD, que se presenta en el planeta entero como paladín de la defensa de los derechos humanos, pueda recortar garantías y libertades ciudadanas sin respetar los procedimientos y sin guardar las cautelas taxativamente establecidas en el articulo 86 de la Constitución. Y decimos que es lamentable, pero apenas resulta sorprendente, porque la seriedad de las convicciones democráticas de muchos diputados centristas está siendo puesta, y no sin razón, en entredicho. Aquí, las patentes de democracia no las extiende nadie. Pero cada cual puede exhibir su propia credencial de autoritarismo y desprecio a las libertades. A las pruebas nos remitimos.

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