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Las policías autónomas podrán mantener el orden público

Las policías autónomas podrán ejercer la protección de bienes y personas, así como el mantenimiento del orden público, según el informe preparado por una ponencia de la Comisión Constitucional del Congreso sobre el proyecto de ley de policías autónomas. La ponencia ha dado una nueva redacción a los capítulos relativos a las juntas de seguridad de cada comunidad autónoma y las facultades reservadas al Gobierno.Las juntas de seguridad, integradas por igual número de representantes del Estado y de la comunidad, y presididas por el delegado del Gobierno en cada territorio autónomo -según el resumen del informe, transmitido por Europa Press-, coordinarán las actuaciones de las policías autónomas y estatal, recibirá consultas y determinará el estatuto, dotaciones, composición numérica, estructura y reclutamiento de los integrantes de las policías autónomas.

La Administración del Estado podrá ordenar la intervención en las comunidades autónomas de las fuerzas de seguridad estatales, entre otros casos, por propia iniciativa de estas fuerzas, con la aprobación de la junta de seguridad y cuando consideren que está gravemente comprometido el interés general del Estado en supuestos de especial urgencia, bajo su exclusiva responsabilidad, dando cuenta a las Cortes. Asimismo, podrá intervenir a requerimiento de la comunidad autónoma.

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