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Los bancos se comprometen a ordenar el mercado de certificados de depósito

La banca está firmando un documento de intenciones por el cual acepta autoliminir las emisiones y recolocación de certificados de depósitos con objeto de que este instrumento financiero actúe en el mercado de acuerdo con su naturaleza. El documento de autorregulación es resultado de una sugerencia realizada por el Banco de España a la banca privada, según la cual los certificados de depósito no deben ser mecanismo útil para violar las limitaciones de tipos de interés para depósitos o imposiciones a menos de un año.El certificado de depósito es un documento de reconocimiento de un depósito en el que se compromete por el banco un plazo de amortización y un tipo de interés. La novedad del documento radica en la posibilidad de su endoso a otro titular, es decir, la posibilidad de liquidez siempre que haya un tomador.

Hasta ahora, los emisores de certificados de depósito garantizaban al tomador la liquidez de los mismos, con lo cual se desnaturalizaban los plazos de amortización, así como la posibilidad de un mercado securidario real, ya que el propio emisor recompraba el título. El certificado permitía así dar altos intereses a imposiciones prácticamente a la vista al dar liquidez automática al título.

El compromiso de autolimitación que están suscribiendo los bancos, y que tendrá que cumplirse si firman entidades que representan en conjunto el 98% de los recursos del sistema bancario, supone lo siguiente:

- A partir de ahora, los certificados que emitan las entidades financieras tendrán un importe mínimo de un millón de pesetas.

- En los documentos del certificado, al dorso o en los resguardos, deberá figurar el siguiente texto: «El banco no garantiza la liquidez de este certificado antes de su vencimiento.» Esta leyenda deberá incorporarse a los certificados ya emitidos que sean recomprados.

- La recompra de certificados por parte de las entidades financieras deberá realizarse únicamente a través de una sociedad instrumental del banco conocida por el Banco de España, al que informará de su balance mensualmente. Esta sociedad instrumental no podrá tomar más del 3% del total de certificados que tuviera emitidos su banco matriz el pasado 30 de septiembre. El Banco de España podrá reducir progresivamente el tope del 3 % hasta su anulación,

- Finalmente, el documento contempla una cláusula según la cual las sociedades instrumentales tenderán a limitar la recompra de certificados y de estimular la aparición de un mercado secundario real de los mismos.

Polémica en la banca

La consecución de este pacto de autolimitación ha levantado una polémica en la banca en los últimos meses. En principio se planteó la posibilidad de que el pacto lo firmaran los grandes bancos, quedando excluidos del mismo los bancos medios y pequeños con menor significación en el mercado. Los bancos grandes que no disponen de filiales (el Exterior y el Vizcaya, que son precisamente las entidades más activas en el mercado de certificados de depósito) se negaron a este planteamiento por considerar que quedaban en inferioridad frente al resto, ya que los demás bancos podían utilizar sus bancos filiales para emitir certificados al margen de la autolimitación. Finalmente, se ha llegado al acuerdo de que todas las entidades acepten la autolimitación.En estos momentos, los certificados de depósito en circulación suponen una cifra de unos 650.000 millones de pesetas, según datos del Banco de España.

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