Las medidas de la discordia,
Tras muchos tira y afloja, y gracias al pacto PSOE-PCE, el plan de medidas de régimen transitorio sobre urbanismo fue aprobado con la intención de faciritar la preparación del plan urbanístico general para la ciudad.De esta forma, los redactores de estas medidas urgentes argumentan que Guadalajara aparece indefensa ante las actuaciones urbanísticas que se realizan amparándose en el plan del año 1962. En este sentido, las supensiones,de licencias tienen la finalidad de evitar las construcciones residenciales de gran envergadura en terrenos actualmente dedicados a otros usos. También proponen suspender las licencias de derribo, salvo casos de ruina inminente, nueva edificación o movimiento de tierras. Estas suspensiones afectan a los terrenos siguientes:
-Terrenos e instalaciones de propiedad pública, salvo que se trate de mejorar las condiciones materiales bajo las que se prestan los servicios a que están destinados.
- Terrenos de uso no público, destinados en la actualidad a actividades de carácter industrial o almacenable, salvo las obras o actuaciones que tengan como fin la conservación de las condiciones de seguridad.
- En los terrenos destinados a centros docentes, sanitarios, culturales, administrativos, residencia colectiva, centros recreativos, huertas y jardines, centros deportivos o servicios municipales de cualquier clase.
En cuanto a las edificaciones del casco antiguo se les aplica la consideración de zonas de «carácter, típico y pintorescos».
La altura de edificación vendrá fijada «por la medida de las edificaciones ya construidas en el tramo de la vía urbana», excluidas las que exceden de siete ni antas.
parte, la limitación de alturas en todo el municipio es de siete plantas, a lo que se agrega la supresión de la norma de la compensación en edificabilidad del volumen destinado a garaje y la acumulación de volumen en caso de retranqueo.
Tampoco se permitirá la construcción de un número de viviendas superior al que resulte en cada caso de aplicar el índice de cuatrocientos metros cuadrados de vivienda.
Se prohíbe también la tala de árboles, la construcción de viviendas que no tengan asegurado un soleamiento mínimo de cinco horas en el solsticio de invierno, al menos en dos de sus habitaciones. En el caso de edificaciones abiertas y semiabiertas, se exigen espacios libres ajardinados y para juego de niños, anexos a los bloques de viviendas en cuantía no inferior a los seis metros cuadrados por vivienda.
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