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Ley de pensiones para familiares de fallecidos en la guerra civil

Hoy entra en vigor una ley sobre reconocimiento depensiones, asistencia médico-farmacéutica y asistencia social a favor de las viudas, hijos y demás familiares de los españoles fallecidos como consecuencia o con ocasión de la pasada guerra civil, que ayer fue publicada en el Boletín Oficial del Estado. La cuantía de las pensiones, compatibles con cualesquiera otras, se fija en 8.170 pesetas mensuales, que se abonarán en catorce mensualidades anuales, con efectos retroactivos al 1 de mayo de 1976.Además de los fallecidos durante la guerra en acción bélica o violenta, por enfermedad o lesión originadas de ellas o por condena, serán causantes de las citadas pensiones los fallecidos después de la guerra por análogas causas, así como a consecuencia de «actuaciones u opiniones políticas y sindicales, cuando pueda establecerse asi mismo una relación de causalidad personal y directa entre la guerra civil y el fallecimiento y éste no hubiera sido consecuencia de ejecución de sentencia ni derivado de acción violenta del causante».

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