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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Sobre el Instituto Asilo San José

El 5-VIII-79 apareció en EL PAIS una carta de réplica Firmada por el doctor Díez Cuervo y once firmas más, en la que se negaba la expulsión de enfermos epilépticos del Instituto Asilo San José, de Carabanchel Alto.En la citada réplica parece haber olvidado citar otros aspectos recogidos en la información, como, por ejemplo:

- El internamiento de los enfermos al eliminar dicho centro el medio pensionado con objeto de recibir las 45.000 pesetas mensuales por enfermo, que sólo en este caso paga la Seguridad Social, en vez de las 16.000 pesetas mensuales, que pagaban los padres por la media pensión. Y esto a pesar de que, según el acta fundacional, se trata de un centro para epilépticos pobres, clasificado por ello como de «beneficencia particular» a efectos fiscales (real orden de 2 1 -VII- 1899) y que, según el convenio con el Ministerio de Educación y Ciencia, 26411-76, es un centro gratuito de educación especial.

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- También se pasa por alto, en la nota del director médico, el patrocinio", por parte del señor arzobispo de Madrid «relevado por disposición expresa de los fundadores de toda rendición de cuentas y presentación de presupuestos», según certificado del acta fundacional expedido por el jefe de fundaciones de la Dirección General de Servicios Sociales del 4-VI-79.

Respecto al posible carácter pedagógico del centro, dicho Instituto Asilo San José figura (con otros diecinueve centros más) en el convenio firmado el 26-III-76 entre el MEC y la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios de esta manera... «Las instalaciones que en la actualidad constituyen los centros de educación especial situados en..., Madrid, Instituto San José ... », y que dicha orden «cede, a efectos educativos, al MEC el uso y disfrute a título gratuito».

En la cláusula 3.1 del convenio se dice: «Los centros docentres de educación especial relacionados en la cláusula 1.ª tendrán carácter estatal ... »

En dicho convenio se recoge el derecho de la orden:

- A proponer el personal directivo y docente.

- A nombrar libremente el personal no docente, encargado de la gestión, así como el «personal médico, auxiliar y subalterno de los centros».

- A elegir el alumnado.

Todos los gastos, incluidas las actividades complementarias, serán a cargo del MEC y la enseñanza será totalmente gratuita.

Ante estos hechos y documentos nos sorprende la acusación hecha por el director médico de transmitir «informaciones tendenciosas» y de «falta de objetividad y comprobación en las informaciones".

¿Es que tal vez tanto él como el resto del personal y la totalidad de los padres afectados desconocen los convenios por los que se rige el centro?

¿También desconocen el doctor Diez Cuervo y los once firmantes la realidad angustiosa creada a las familias de los epilépticos ya expulsados?

Nos gustaría pensar que, por una vez, esta situación es fruto del desconocimiento y no del juego de intereses.

y catorce firmas.

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