Legislación sobre animales domésticos
Como corresponsal de prensa extranjera acreditada en España quiero llamar la atención a través de su prestigioso periódico sobre un hecho que me ha sucedido personalmente y que demuestra la indefensión en que se encuentran los animales domésticos en España, cosa que no sucede en otros países de Europa.Propietaria de una casa en la sierra, ésta fue asaltada, llevándose un perro propiedad de mi padre, inválido, de 77 años. El animal, que era su única compañía, tenía doce años.
Al parecer, el delincuente, por pura maldad, abandonó al animal en un puerto intransitable por el hielo, lo que hizo que no pudiera seguir con su coche.
Estos hechos fueron denunciados a la Guardia Civil el día 16 de diciembre, sin que hasta ahora se hayan emprendido medidas legales para que el malhechor, que es
(Pasa a página 10)
(Viene de página 9)
conocido, declare lo que ha pasado con el perro. Puesta en contacto con un abogado me ha dicho que estos hechos antes eran perseguidos por la ley de Vagos y Maleantes, pero que en la fecha sólo consistían en un delito de hurto. Cosa que me ha sido confirmada por la Sociedad Protectora de Animales.
En mi parecer existe una laguna en la actual legislación española para proteger a estos amigos del hombre.
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