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Las nuevas ordenanzas militares

El Congreso de los Diputados debatió ayer, por primera vez, una norma legal de aplicación en el ámbito castrense. De esta forma empieza a ponerse en práctica el principio constitucional de sometimiento del poder militar a la autoridad civil. Sólo por este hecho el Pleno puede considerarse histórico.Dos son los principios que han guiado el trabajo de la comisión encargada de redactar el proyecto: subrayar el sentido nacional y unitario del Ejército, en la línea de una soberanía ostentada por el pueblo, y adecuar su normativa al nuevo ordenamiento jurídico, fundamentalmente a la vista de la nueva Constitución y de los pactos de derechos humanos suscritos por España en abril de 1977.

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La reforma de las ordenanzas de Carlos III, que han permanecido en vigor más de doscientos años, si bien muchos de sus artículos estaban derogados de facto, fue planteada por vez primera en enero del pasado año por parte del vicepresidente para la Defensa, Gutiérrez Mellado. Aprobado el proyecto por el Consejo de Ministros el 16 de junio, fue presentado ante las comisiones de Defensa del Parlamento a finales de ese mismo mes.

En el aspecto puramente formal, las nuevas ordenanzas constan de poco más de doscientos artículos frente a los 2.500 de las antiguas, y vinculan a todo el Ejército, de forma que en el ordenamiento general desaparecen las diferencias entre las distintas ramas militares.

El nuevo texto

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Por lo que al contenido respecta, he aquí algunos de los extremos más significativos que contiene el nuevo texto legal:

- El militar está obligado a respetar el orden constitucional.

- Goza de los mismos derechos civiles y políticos que cualquier ciudadano español, excepción hecha del derecho de asociación sindical y política. Los militares no profesionales podrán, sin embargo, mantener la afiliación que tuvieran antes de incorporarse a filas, si bien se abstendrán de realizar actividades políticas o sindicales.

- Se garantiza la libertad de pensamiento, aunque se exige una estricta neutralidad política en la actuación pública.

- Las Fuerzas Armadas, bajo el mando supremo del Rey, están consagradas al servicio de la Patria. (Las ordenanzas vigentes las ponían al servicio del Rey.)

- La disciplina se exige como norma general de actuación de] militar, aunque se establece el principio de responsabilidad, ya que nadie está obligado a cumplir órdenes que entrañen la ejecución de actos contrarios a las leyes o constitutivos de delito.

- Ningún miembro de las Fuerzas Armadas será objeto de discriminación por razones de sexo, raza, nacimiento, religión u opinión.

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