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Mayor control al comercio exterior de armas y explosivos

La Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Armas y Explosivos, creación aprobada recientemente en Consejo de Ministros a propuesta de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Defensa, Industria y Energía y Comercio y Turismo, y cuyo decreto será publicado en el BOE próximamente, tiene el objetivo de adoptar las medidas que constituyan una garantía de seguridad y eviten desviaciones de este comercio, facilitando, al mismo tiempo, la agilidad en la concesión de las oportunas licencias de importación y exportación.Tras señalar que la Junta estará presidida por el director general de Política Comercial del Ministerio de Comercio, el decreto señala que deberán ser informados por la Junta todas las solicitudes de importación y exportación, así como las operaciones comerciales entre países extranjeros a efectuar por residentes españoles de armas.

Al emitir los informes, la Junta tendrá en cuenta factores como las circunstancias del país de origen o destino de las mercancías; la forma en que la operación comercial pudiera afectar a la producción o defensa nacionales, y la conveniencia del material a importar, o la disponibilidad del material a exportar, asegurando en todo caso la cobertura de las Fuerzas Armadas. En último caso, la Junta podrá exceptuar con carácter general de la exigencia de informes aquellas importaciones, exportaciones u operaciones comerciales entre países extranjeros referentes a armas cortas deportivas.

El resto del articulado del real decreto tiene como objetivo el mayor control para las importaciones y exportaciones de material armamentístico, hasta el punto que la aprobación de las licencias de importación y exportación serán dadas a conocer a la Dirección General de la Guardia Civil, Ministerio de Defensa y aduana.

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