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El procedimiento juidicial y la cárcel, factores esenciales en la marginación del menor

Con la lectura de las conclusiones que llegaron los siete grupos de trabajo organizados al margen de las mesas redondas se clausuraron ayer las Segundas Jornadas Nacionales de Inadaptación Social y Recuperación de menores, que han reunido en Madrid durante tres días a varios cientos de educadores, psicólogos y especialistas en este tema de toda España.

La sesión de la mañana había estado dedicada al tema de la violencia contra el menor en los medios de reeducación. Tema ligado estrechamente con el papel coercitivo de los procedimientos judiciales que había sido planteado el día anterior. Amparo de Miguel Asunción Mihura, Elena García y María Jesús Coronado, asistentes sociales del Tribunal Tutelar de Menores de Madrid, expusieron en un breve pero detallado informe la violencia que el procedimiento judicial vigente supone para el menor que se ve envuelto en una situación de conflicto o que en muchos casos es denunciado, por sus padres.Al margen de la violencia que se ejerce contra el a lo largo de causas de separación matrimonial o adopción, en las que el menor es sólo parte interesada en las conclusiones del proceso, o en causas en las que sólo representa un instrumento probatorio, el informe resaltó la situación concreta del menor cuándo es el protagonista del procedimiento judicial. La violencia que supone la detención policial, por ejemplo, se ha demostrado, como una de las más traumatizantes para el individuo en desarrollo, cuya conducta es considerada antisocial. El análisis presentado por los asistentes sociales del Tribunal Tutelar cita como una posibilidad de mejora importante de esa situación, la creación de una policía especial juvenil destinada a enfrentarse al trabajo con menores. El informe critica duramente también a falta de centros de internamiento adecuados para recibir a los niños y la ausencia de un personal formado y sensibilizado de cara a esta función.

En parecidos términos de crítica se expresó el psicólogo del grupo Promesa Enrique Martínez, quien puso de manifiesto la inutilidad de un procedimiento que no se plantea erradicarlas causas últimas de esa conducta ilegal en el menor. El absentismo de la ley en el lugar donde debería estar, que es tanto como hablar de una desculpabilización del menor y una incriminación del adulto, se compensa desgraciadamente en opinión del psicólogo en un estar donde no debe, «por ejemplo suplantando responsabilidades individuales, familiares o sociales, como ocurre con los servicios prestados por las juntas de protección».

Enrique Martínez denunció asimismo el profundo clasismo que rezuma esa «reforma» de la conducta que se persigue a través de los procedimientos judiciales, porque -señaló-,«sólo se aplica a los muchachos de determinados estamentos sociales».

La violencia de que es objeto en concreto la menor por parte de las instituciones protectoras o tutelares quedó puesta de manifiesto en el breve informe de Pilar Marín, asistenta social del Patronato de Protección a la Mujer. El reformatorio como cárcel en miniatura e institución decimonónica y fundamentalmente represiva fue analizado por un miembro del grupo OBINSO de reinserción social de Barcelona y por el educador de la Junta de Protección de Menores de Bilbao, Miguel Angel Ramírez. Ambos se refirieron a la necesidad de un cambio de planteamientos en terreno de la reeducación de menores con problemas.

La sesión contó además con la presencia de un ex preso común de veintiún años de edad, Antonio Arevalillo, que a través del breve relato de su vida señaló las muchas deficiencias que presenta el régimen penitenciario español.

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