Discriminación a pensionistas autónomos
Hace dieciséis años que me di de alta en la Mutualidad de Trabajadores Autónomos de la Industria, cotizando durante los diez últimos años en la base más alta. En el mes de mayo, y al cumplir la edad de 65 años, solicité la jubilación, la cual me ha sido concedida ahora con la asignación de 12.455 pesetas mensuales.Según el decreto de 2 de junio de 1978 del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, que modifica la orden de 24 de enero sobre revalorización de pensiones, se fija el mínimo mensual de 12.120 pesetas, que es lo que percibirán todos los mutualistas que hayan estado cotizando en la base mínima y también por un período mínimo de diez años.
Aunque la cantidad asignada (404 pesetas diarias) sigue siendo totalmente insuficiente, ya que en la mayoría de los casos son dos las personas que tienen que vivir de ellas, es un pequeño paso dado en favor de estos mutualistas.
Ahora bien, ¿de que nos ha servido a los que por mejorar nuestras pensiones hemos estado pagando seis años más, cotizando en la base más alta y el haber pagado solamente en los dos últimos años más que si hubiéramos cotizado los diez en la base mínima, para después pagarnos una diferencia de 335 pesetas mensuales? ¿Por qué esa injusta discriminación? ¿Para qué sirven entonces las distintas bases de cotización, si cuando hay una subida de pensiones no son elevadas todas en la misma proporción y con arreglo a los años y bases de cotización que cada uno haya pagado?
Yo pienso que de seguir así las cosas, no solamente vamos a ser nosotros, los pensionistas, los perjudicados, sino que lo va a ser también la misma mutualidad, ya que al enterarse de esto los demás mutualistas, ninguno, se acogerá a las bases más altas, y los que ya lo están. tratarán de cambiarse a la más baja.
Creo que es un caso que debe ser revisado por las autoridades a quienes corresponda.
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