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Derogado el reglamento que permitía declarar en ruina medio Madrid

La parte del Reglamento de Discíplina Urbanística que hace referencia a las condiciones en que puede ser declarado en ruinas un edificio fue derogado por el Consejo de Ministros, en la reunión que celebró el pasado sábado. Este reglamento, por la permisividad con que había sido redactado en lo referente a ruinas, había provocado el temor entre los urbanistas madrileños de que pudiera dar lugar a que fueran declarados en ruina, legalmente, el 50% de los edificios actualmente existentes, sobre todo en los barrios viejos de Madrid.Los fallos detectados en, el reglamento, una vez ya publicados en el Boletín Oficial del Estado, el día 18 del mes pasado, se referían principalmente al sistema de valoración de los arreglos que fuera necesario realizar en los edificios para que éstos no fueran declarados en ruina -el 50% del valor de la casa, sin contar para nada con el solar resultante de la posible demolición- y a la posibilidad de declarar en ruina un edificio porque no cumpliera con las normas urbanísticas al uso o sufriera dericiencias de tipo sanitario.

El reglamento entró en vigor el pasado día 11 de octubre, una vez pasados veinte días hábiles después de su publicación en el BOE. La parte derogada es únicamente la que se ocupa del tema de las ruinas. El resto del reglamento, incluyendo la disposición final referida a la retroactividad de las sanciones, permanece inmutable.

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