Reproducción de los artículos de los anteproyectos 5-1-78 y 17-4-78 y del texto aprobado en la comisión constitucional en materia de Enseñanza
Regulación posibilista
La redacción aprobada por la Comisión Constitucional se aproxima bastante a la que figuraba en el anteproyecto del 5 de enero y supone la renuncia, por parte de casi todos los grupos parlamentarios, de alguno de sus planteamientos iniciales. Los grupos parlamentarios, de izquierda han aceptado la mención expresa a la libertad de enseñanza, que no figuraba en ninguno de los dos textos anteriores, y han renunciado a defender la coeducación. Han aceptado también la obligatoriedad por parte de los poderes públicos de ayudar a los centros docentes, cuando sus enmiendas proponían una redacción más condicional: podrán ayudar.
Unión de Centro Democrático, por su parte. pretendía inicialmente que el Estado quedara obligado a promover centros docentes, que la Constitución reconociera y garantizara el derecho de los padres a elegir libremente el tipo de educación acorde con sus creencias y convicciones (y no sólo a que sus hijos reciban formación religiosa y moral, como decía el anteproyecto y recoge el texto aprobado) y que se garantizara el derecho de las personas físicas y jurídicas a establecer y dirigir centros docentes (en el texto aprobado se limita a la libertad de crear). Pretendía también dejar indeterminado cuál era el nivel de educación obligatoria y gratuita y asegurar la financiación a todos los alumnos en ese nivel en igualdad de condiciones, con independencia del centro en el que estuvieran escolarizados. En cuanto a la financiación, proponía afirmar que el Estado ayudara eficazmente los centros docentes.


























































